Comenzó el último mes del año y muchos esperan recibir lo que será la tan ansiada Gratificación 2022, una bonificación extraordinaria que millones en Perú reciben, ya sea para compras de regalos, pagar deudas o ahorrar parte de ello. La fecha límite para este pago es el jueves 15 de diciembre y si las empresa no cumplen con este depósito recibirán multas de hasta por 120 mil 152 soles.
Sin embargo hay algunos detalles que se deben tener en cuenta para cuando llegue este crucial momento, pues más de uno podría llevarse una sorpresa con este beneficio económico, debido a que no todos los trabajadores están comprendidos en el pago de una gratificación.
Un semestre entero
De acuerdo a la Ley de Gratificaciones N°27735, todo aquel trabajador que se desempeñe en la empresa privada y se encuentre en planilla, para este mes de diciembre deberá recibir un sueldo completo por el concepto de gratificación o parte de ella si es que no ha laborado el semestre completo comprendido entre los meses de julio a diciembre.
A este pago se le agrega un extra del 9%. Obviamente, estos dos conceptos deber figurar en la boleta de pagas del mes de diciembre.
En el caso de aquellas personas que estén afiliadas a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la mencionada bonificación extraordinaria será de 6.75% del monto que reciban por la gratificación.
De igual manera, para el abono de la gratificación solo se considerará el sueldo que haya tenido el trabajador hasta el 30 de noviembre del 2022. Si hubiera un aumento de sueldo desde uno de diciembre, este no se considerará en el pago de la gratificación correspondiente.
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Si no completo el semestre
Pero qué pasa si comencé a trabajar hace tan solo unos pocos meses y no completo los seis meses. En ese caso, igual vas a recibir gratificación pero potro monto que será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado.
Si se diera el caso que en algún mes, el trabajador presentara inasistencias injustificadas, por cada una de ellas se realizara el descuento de un sexto a percibir.
Los beneficiarios
Los trabajadores que podrán recibir esta gratificación de fin de año son aquellos que lo hagan dentro de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y también los que lo hacen a tiempo parcial. Ocurre que para recibir esta bonificación no es necesario haber cumplido la jornada mínima de cuatro horas al día.
De igual manera, los que laboran en pequeñas empresas y que fueron contratados después que la compañía se haya inscrito en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), recibirán medio sueldo de gratificación de acuerdo a la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE.
Por último, las personas que laboren en cualquier microempresa ante que la misma haya sido inscrita en el REMYPE, también tienen derecho a medio sueldo de gratificación.
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A los que no les toca
En el caso de los que no están habilitados para recibir gratificación alguna hay se cuentan los que trabajadores que, tras haber alcanzado un convenio con su empleador, reciben la “Remuneración anual integral”.
Esto significa que la gratificación y la CTS ya vienen incluidas en dicho convenio entre el trabajador y la compañía.
Los que tampoco tienen derecho a la gratificación son aquellos que fueron contratados después que la microempresa se inscribió en el REMYPE.
Por último, los independientes (que no dependen laboralmente de la empresa) tampoco reciben gratificación debido ya que no están en planilla.
Ten en cuenta
No hay que olvidar que para el respectivo pago de esta bonificación extraordinaria de fin de año no son tomadas en cuenta las utilidades, las gratificaciones extraordinarias, las asignaciones por movilidad, educación, viáticos y otros conceptos “no remunerativos”, ya previstos en el Art. 19 de la Ley de CTS.
Como se sabe, una ‘remuneración regular’ es que un trabajador de manera regular, aun cuando los montos sean variables.
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Ellos también
Con relación a los comisionistas y destajeros, el monto calculado ara su gratificación será el resultado del promedio de comisiones recibidas en los últimos seis meses antes del 15 de diciembre del 2022.
Finalmente, hay que tener claro el concepto de gratificación trunca. Esta situación se da cuando el trabajador es cesado y siempre que tenga más de un mes prestando servicios.
En este sentido, el monto se calcula de manera proporcional a los meses calendario laborados en el periodo comprendido desde julio 2022 hasta la fecha de cese.
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