Abogado de la madre de Vladimir Cerrón presentó un certificado falso para ser nombrado secretario general del Minsa

La Contraloría, que hizo la revisión y el análisis de la documentación e información, manifestó que la ministra de Salud, Kelly Portalatino, debe adoptar acciones preventivas con respecto a este caso.

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Loly Herrera Lavado es el abogado de Bertha Rojas, madre de Vladimir Cerrón. (Caretas)
Loly Herrera Lavado es el abogado de Bertha Rojas, madre de Vladimir Cerrón. (Caretas)

La Contraloría General de la República estableció que Loly Herrera Lavado, abogado de la madre de Vladimir Cerrón, presentó un certificado falso para ser designado como secretario general del Ministerio de Salud (Minsa), firmado por una resolución ministerial por la titular del sector, la congresista Kelly Portalatino.

En el documento del organismo constitucional autónomo del Estado se indica que el letrado “no estaría cumpliendo con el objetivo de la Ley N° 31419 y su reglamento, respecto a la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública, toda vez que el Minsa, consideró el cargo de Director de Asesoría Legal de una empresa privada como un cargo del nivel jerárquico similar al del Secretario General de una entidad pública; sin embargo, ambos cargos ejercen funciones diferentes”.

La Contraloría manifestó que la constancia de trabajo de Herrera Lavado es del 10 de diciembre de 2018, emitida por la Corporación Especializada en Educación, Tecnología, Empresariado y Ética -CETE D&R S.A.C, por lo cual solo se estaría acreditando por 4 años, 8 meses y 9 días de experiencia específica, en el cargo de Director de Asesoría Legal, “que según su estatuto no existiría, y solo estaría referido a una función netamente de asesoramiento que no es similar a una función ejercida por un órgano de alta dirección, como el de secretario general”.

Agregó que no se estaría cumpliendo condiciones mínimas para el cargo, por lo que podría afectar “el eficaz y eficiente ejercicio de la función pública, así como el logro de los objetivos institucionales”.

Loly Herrera Lavado es el secretario general del Ministerio de Salud y es muy cercano a Vladimir Cerrón. (Facebook)
Loly Herrera Lavado es el secretario general del Ministerio de Salud y es muy cercano a Vladimir Cerrón. (Facebook)

Sunedu

Loly Herrera Lavado escribió en su hoja de vida que tenía una experiencia de 8 años en general, con 5 años de experiencia específica, sin embargo, el 24 de julio de 2018, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) inició un procedimiento ante una oferta educativa ilegal, en el cual estaba involucrado CETE en el servicio educativo superior universitario en Junín y Ucayali. Posteriormente, la corporación fue sancionada porque no contaba con autorización.

La fecha del inicio de las actividades de la empresa figura como 1 de abril de 2014, en que, coincidentemente, según la constancia de 10 de diciembre de 2018, el funcionario habría comenzado a trabajar en dicha compañía.

“En consecuencia, se aprecia que la fecha de inicio de actividades de la Corporación Especializada en Educación, Tecnología, Empresariado y Ética - CETE D&R S.A.C, es la misma fecha en que ingresó a laborar el abogado Loly Wider Herrera Lavado en la referida empresa, la misma que se encuentra sancionada por la Sunedu por prestar el servicio educativo superior universitario sin contar con autorización o licencia; es decir, la constancia que acredita el mayor número de años de experiencia especifica provendría de una institución que estaría prestando servicios de educación de manera ilegal”, agregó la Contraloría, por lo que está rompiendo varias leyes, entre las que se encuentra la Ley N° 31419″, expresó la Contraloría.

Recomendaciones

La revisión y el análisis de la documentación e información fue obtenida por la Comisión de Control y se recomendó que esta “situación adversa” amerita acciones para asegurar la continuidad del proceso.

Finalmente, la Contraloría estimó que se debe “hacer de conocimiento” a la ministra de Salud, Kelly Portalatino, este hecho “con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso”; y la titular de este sector debe comunicarlo al órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de 5 días hábiles para que se tomen las medidas correspondientes”.

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