¿Qué dice el proyecto de ley 3570 por el que Aníbal Torres presentó cuestión de confianza ante el Congreso?

El presidente del Consejo de Ministros propone que se derogue la ley N° 31399 que impide el desarrollo de un referéndum para la convocatoria a una Asamblea Constituyente.

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Aníbal Torres vuelve a estar
Aníbal Torres vuelve a estar en el ojo de la tormenta por sus declaraciones.

El primer ministro Aníbal Torres planteó hoy una cuestión de confianza ante el Pleno del Congreso de la República. Para ello, tuvo como sustento el proyecto de ley 3570 que ingresó a la Mesa de Partes de este poder del Estado minutos antes de que el funcionario del Ejecutivo se haga presente con los demás miembros de su gabinete en el Hemiciclo.

Sin embargo, ¿qué dice esta propuesta legislativa del Gobierno?

En concreto, el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros propone que se derogue la Ley N° 31399, o también llamada ‘Ley Antireferéndum’, que regula los artículos artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos, y que fue publicado el pasado 30 de enero en el diario oficial El Peruano.

Los artículos 40 y 44 de la Ley 26300 fueron modificados.

El primero consiste en que no pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución, ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política.

Proyecto de Ley planteada por
Proyecto de Ley planteada por Aníbal Torres ante el Congreso

Mientras que el segundo trata de la convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas, salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso es convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política.

En esa línea, el Ejecutivo sustenta que la ‘Ley Antireferéndum’ que afecta a los principios de razonabilidad, equilibrio de poderes y unidad de la Constitución. Por ello, apuesta que los artículos 40 y 44 de la Ley 26300 se lean así:

“Artículo 40.- No pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del Artículo 32 de la Constitución. Artículo 44.- La convocatoria a Referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas.”

Comisión de Constitución

La iniciativa fue gestada en la Comisión de Constitución cuando Patricia Juárez, de Fuerza Popular, era su presidenta y aprobada en el Pleno en diciembre. En ese momento, el presidente Pedro Castillo y la entonces premier Mirtha Vásquez la catalogaron de inconstitucional e indicaron que atenta contra la participación ciudadana. Por ello, la observaron.

Sin embargo, la Comisión de Constitución votó por insistencia la propuesta legislativa gracias a los votos de Fuerza Popular, Avanza País y Renovación Popular. Patricia Juárez precisó que las observaciones del Ejecutivo estaban fuera de contexto y sus interpretaciones carecían de sentido en relación a lo que el Legislativo plantea.

“Hemos rechazado las observaciones porque en mucho de los casos el Ejecutivo ha errado en la interpretación y ha cometido algunos desaciertos en el planteamiento de sus observaciones”, manifestó.

Ley 31399 o también llamada
Ley 31399 o también llamada la Ley Antirreferéndum.

“Creemos el considerar que se va a aplicar esta ley a todas las otras posibilidades de referéndum que señala el artículo 32. Ellos señalan que estamos estableciendo, en la ley, que todas las iniciativas deben pasar por aprobación del congreso. Ello es absolutamente errado, incluso desde el título dice: Ley que fortalece el referéndum para los casos de reforma constitucional”, continuó ante la prensa.

Finalmente, el tema quedó zanjado cuando el Pleno del Congreso aprobó por 72 votos a favor, 44 en contra y cero abstenciones la norma que refuerza los límites para convocar a un referéndum en Perú el pasado 22 de enero.

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