Día de Todos los Santos: ¿cuánto me corresponde cobrar si trabajo el feriado 1 de noviembre?

Hay un pago extra que le corresponde a los trabajadores que laboran en feriado. Conoce en la nota cuál es la fórmula para saber el monto que deberá desembolsar la empresa contratadora.

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| Foto: Agencia Andina
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A pocas horas de celebrarse la fiesta religiosa del Día de Todos los Santos, el 1 de noviembre, muchos ciudadanos que tienen planeado laborar en esta fecha de feriado desconocen sobre si les corresponde o no recibir un pago extra al habitual.

Como se sabe, el país fomenta con sus feriados el turismo interno a fin de dinamizar la economía y contribuir al conocimiento de los atractivos turísticos y demás maravillas que nos ofrece nuestra cultura. Sin embargo, un sector deberá trabajar con normalidad ya sea de forma presencial o en la modalidad remota.

¿Cuánto me pagarán si trabajo el 1 de noviembre?

Según establece la ley, si te corresponde trabajar sin descanso sustitutorio el martes 1 de noviembre, que es feriado nacional por el Día de Todos los Santos, la empresa deberá realizarte un desembolso de tres veces tu pago habitual por los siguientes conceptos:

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  • Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario habitual.
  • Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
  • Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

En ese sentido, si una persona recibe como remuneración mensual S/1,500 (S/50 diarios), en caso se trabaje el 1 de noviembre, corresponde recibir S/150 por el día feriado laborado, según lo que señala la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Por otro lado, si te corresponde laborar el 1 de noviembre, pero en lugar de un pago deseas tener un día libre, puedes optar por pedir un descanso sustitutorio. Es decir, si laboras en esta fecha puedes pedir un descanso otro día sin ningún pago adicional. En este caso, recibirás tu remuneración mensual en forma ordinaria, toda vez que el feriado se sustituye por otro día.

Empresas podrían ser multadas si no cumplen con pago

En el caso de que una empresa haya decidido omitir dar el cumplimiento de pago especial a sus trabajadores que laboraron en feriado, podrían ser merecedoras de una multa, pues esta actitud se considera como una infracción “muy grave”.

Asimismo, dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados, se puede sancionar de la siguiente manera:

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  • Microempresa: la multa oscila entre S/1,058 y S/3,128.
  • Pequeña empresa: la multa se considera entre S/3,542 y S/35,190.
  • Si es una no mype: la multa oscila entre S/12,098 a S/241,638.

¿Dónde denunciar a mi empresa por incumplimiento de pago?

Si te encuentras afectado por que la empresa para la que trabajas ha incumplido con los pagos que te corresponden por tu servicio brindado, puedes realizar la denuncia ante la Sunafil. Para ello podrás comunicarte al 390-2780 o también podrás escribir al correo electrónico consultas@sunafil.gob.pe.

El ingreso promedio de las mujeres es el 71.1 % del ingreso de los varones, según cifras del INEI.
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¿Cuántos feriados le quedan al 2022?

Al año 2022, el cual está a poco de culminar, solo le quedan siete feriados.

  • Lunes 31 de Octubre: Día de la Canción Criolla
  • Martes 01 Noviembre: Día de Todos los Santos
  • Jueves 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Viernes 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho- Día no laborable sector público
  • Domingo 25 Diciembre: Navidad
  • Lunes 26 Diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Viernes 30 Diciembre: Día no laborable para el sector público

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