Un proyecto de ley fue presentado por Eliana Revollar, defensora del Pueblo, con el fin de que los miembros del Consejo Directivo del Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP) ya no puedan ser designados por el presidente Pedro Castillo, a través de una resolución suprema, sino que se haga mediante un concurso público.
La iniciativa legislativa busca asegurar la “autonomía e independencia, así como la idoneidad de los miembros del Consejo Directivo” del IRTP, según Revollar. Esto porque considera que el modelo actual “propicia el condicionamiento de la línea de trabajo periodística de los medios de comunicación estatales a su cargo”.
Por esa razón, propone que la elección se lleve a cabo en un concurso donde estén presentes los principios de legalidad, publicidad, mérito y transparencia, correcto proceso y participación de la ciudadanía “a fin de asegurar la selección de personas capaces e idóneas para el ejercicio del cargo”.
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Además, el concurso estaría bajo la responsabilidad de una comisión especial conformada por:
- El presidente del Consejo de Ministros.
- Un representante elegido por los ministros de Cultura y Educación.
- Un representante de la Defensoría.
- Un representante de la Contraloría.
- El decano presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú.
- Un decano elegido en votación por los decanos de las facultades de Ciencias de la Comunicación, Ciencias Sociales o Ciencias Humanas (o similares) de las universidades privadas licenciadas y con más 30 años de antigüedad.
- Un decano elegido en votación por los decanos de las facultades de Ciencias de la Comunicación, Ciencias Sociales o Ciencias Humanas (o similares) de las universidades públicas licenciadas y con más 30 años de antigüedad.
Requisitos de la Defensoría
En ese sentido, la defensora del Pueblo también propone los siguientes requisitos para postular al cargo de integrante del Consejo Directivo del IRTP:
- Haber nacido en Perú.
- Ser ciudadano en ejercicio.
- Tener solvencia e idoneidad moral.
- Haber cumplido 45 años.
- Contar con 5 años de experiencia en cargos directivos, en el sector público o privado.
- No contar con sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por la comisión de delito doloso.
- Contar con amplia experiencia en el ejercicio de la labor periodística, gestión y difusión cultural, educación y/o en actividades vinculadas a la finalidad y objetivos del IRTP no menor de 10 años. Para ser miembro del Consejo Directivo no se requiere haber cursado estudios superiores en comunicaciones ni se exige que estos formen parte de algún Colegio de Periodistas.
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- No haber sido inhabilitado por sentencia judicial firme.
- No mantener deudas tributarias en cobranza coactiva o deudas con empresas del sistema financiero que han ingresado a cobranza judicial.
- No haber sido sancionado en la administración pública, en ejercicio de la actividad privada como consecuencia de la comisión de falta grave o muy grave, por infracción al régimen de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, por haber contravenido los principios éticos o valores en el ejercicio de una profesión.
- No estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos establecidas en la Ley 27588.
- No contar con deudas alimentarias por tres meses o estar inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios.
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