El Consejo de Ministros acordó el pasado miércoles levantar el estado de emergencia por Covid-19 tras más de dos años de su vigencia. El jueves se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo que deroga la norma que mantenía el estado de excepción por el coronavirus. Sin embargo, la medida no especificaba los detalles sobre qué disposiciones seguirán vigentes y cuáles ya no.
El Decreto Supremo deroga la norma N° 016-2022-PCM que declaraba el estado de emergencia nacional “por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la Covid-19″ y establecía medidas “para el restablecimiento de la convivencia social”.
Además, señala que para su aprobación se tomó en cuenta “el contexto actual sobre la evolución de la pandemia, el avance del proceso de vacunación, la disminución de la positividad, la disminución de los pacientes internados en las unidades de cuidados intensivos, y la disminución de los fallecimientos por Covid-19″.
Dudas
Si bien ya no son obligatorios el uso de mascarillas ni la presentación del carnet de vacunación, el estado de emergencia sanitaria que permite implementar servicios para enfrentar la pandemia se mantendrá hasta febrero de 2023.
Como parte de la vigencia del estado de emergencia sanitaria, se espera que la telemedicina y las citas virtuales que comenzaron a brindar los hospitales durante la pandemia, continúen en funcionamiento.
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En cuanto al proceso de vacunación y el uso de mascarillas, el Decreto Supremo sugiere que el gobierno central, los gobiernos regionales y locales, dentro del ámbito de sus competencias, promuevan el uso facultativo de mascarillas, la vacunación contra la Covid-19 y “otras medidas de promoción y vigilancia de prácticas saludables y actividades, en relación a la emergencia sanitaria; para lo cual el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial dicta las disposiciones que resulten necesarias”. Aunque no se especifica cómo se llevarán a cabo estas acciones.
Otra duda por resolver es la relacionada al trabajo remoto, modalidad que se ha venido aplicando de manera obligatoria para trabajadores considerados en el grupo de riesgo y que está vigente hasta fin de año.
Fin de las mascarillas
Por otro lado, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) informó a los usuarios y a los operadores que brindan el servicio de transporte público que, desde este viernes, el uso de la mascarilla ya no es obligatorio para acceder a los vehículos, trenes y estaciones. Esto incluye el Metro de Lima y la el Metropolitano
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La entidad indicó que esta medida se da en cumplimiento al Decreto Supremo N.º 130-2022-PCM, publicado el último jueves en el diario oficial El Peruano, el cual deroga el Decreto Supremo N.º 016-2022-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y la salud de las personas como consecuencia del Covid-19 y el cual exigía, entre otras cosas el uso del tapabocas en algunos lugares cerrados como el transporte público.
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