¿Es posible quitarle el apellido paterno a mi hijo si su padre nunca se hizo responsable?

El abandono materno y/o paterno es una de las causas principales por las que una persona toma la decisión de buscar la forma de quitarse un apellido o cambiarlo. Especialista en leyes da detalles sobre el proceso.

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Foto composición: Infobae Perú / Agencia Andina.
Foto composición: Infobae Perú / Agencia Andina.

Existe en el Perú cientos de razones por las que una persona anhela quitarse el apellido de su progenitor. De la misma forma, madres que tuvieron que asumir un doble rol en la crianza de un hijo se preguntan si esta posibilidad puede ser sustentada por motivos de abandono y desprotección por parte de la persona que no asumió su rol paternal.

Al respecto, ‘Infobae Perú' conversó con el especialista en leyes, Marcos Gabriel Galán Paiva, quien mencionó no existe como tal el “quitarse” el apellido ya sea de la madre o padre. “El término correcto sería cambiarse el apellido. Eso si se puede hacer cuando uno adquiere la mayoría de edad”, sostuvo.

Asimismo, el letrado desbarató el mito de la necesidad de una denuncia al progenitor para que proceda legalmente un cambio de apellido.

“Si lo que se quiere es cambiar totalmente el apellido se establece mediante una demanda ante un Juez de Paz Letrado. Este proceso mediante un proceso no contencioso donde no se demanda al progenitor sino que se ingresa como una solicitud al juez. Es decir, no hay una parte demandada”, indicó el abogado.

El letrado también mencionó que “el incumplimiento de deberes como progenitor” podría ser un argumento válido para sustentar el proceso legal para el cambio de apellido, sin embargo, esto recae en el criterio del juez. “Ya que el artículo 29 del código civil que prevé el cambio de nombre puede ser interpretado de forma subjetiva”, explicó.

Entonces, ¿puede una madre o padre de familia solicitar ante un juez el cambio de apellido de su menor hijo o hija?

“Considero que, de haber un caso que lo amerite podría sentar jurisprudencia en aplicación del articulo 29 del Código Civil que precisa: “Nadie puede cambiar su nombre ni hacerle adiciones, salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, debidamente publicada e inscrita. El cambio o adición del nombre alcanza, si fuere el caso, al cónyuge y a los hijos menores de edad”, agregó.

¿Cómo solicitar la rectificación de mi apellido?

Por otro lado, Marcos Galán señaló que en el caso de buscar la rectificación en la escritura de uno de los nombres y/o apellidos de una persona, el proceso se puede realizar a través del Poder Judicial o el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

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Para poder lograr esta petición se debe presentar: una solicitud simple dirigida al Reniec en caso se decida presentar ante esta entidad “como un proceso administrativo”.

En caso sea a través del Poder Judicial, la solicitud va dirigida a un Juzgado de Paz Letrado. Se debe adjuntar la partida de nacimiento y demás documentos que puedan sustentar y evidenciar la corrección del nombre a cambiar.

Cabe señalar que, estos procesos no son gratuitos, pero mantienen un costo no tan elevado y hay una diferencia de precios para el proceso en las entidades mencionadas.

Por ejemplo, establecer la solicitud ante el Reniec, el precio va entre S/24.00 y S/35.00. Sin embargo, si la rectificación es solicitada a través del Poder Judicial, el costo es mayor ya que se inicia presentando un arancel judicial por ofrecimiento de pruebas en proceso no contencioso que a la fecha tiene el precio de S/92.00, a esto debe agregársele un arancel por derecho de notificación con cada escrito que se presente, este último tiene el valor de S/4.60.

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