Desde este miércoles 19 de octubre, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto la Resolución Suprema N° 111-2022-RE mediante la cual se nombró al embajador Luis Enrique Chávez Basagoitia como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
De acuerdo a la medida suprema publicada hoy en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se concluye la designación de dicho funcionario en la institución con sede en Nueva York, Estados Unidos.
Según información oficial, esta medida se aprobó mediante la Resolución Suprema N° 133-2022-RE compartida en el diario oficial del Estado como parte del cuadernillo de Normas Legales de la edición impresa emitida esta noche.
“Por razones del servicio, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 111-2022-RE, de 17 de agosto de 2022″, detalla la norma publicada hace algunas horas, en sus considerandos, la cual ha sido compartida por la Agencia Peruana de Noticias (Andina).
“La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores”, añade el artículo 2 de la resolución, que contiene la rúbrica del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y del canciller César Landa Arroyo.
Es preciso recordar, que Chávez Basagoitia fue designado en el mencionado cargo hace aproximadamente dos meses, luego de la renuncia pública e irrevocable de Manuel Rodríguez Cuadros.
En ese entonces, Miguel Rodríguez Mackay juró como canciller, lo cual se hizo de conocimiento público por la difusión de los medios de comunicación. Asimismo, en aquella ocasión Manuel Talavera Espinar, exviceministro de Relaciones Exteriores y actual embajador en México, fue nombrado como representante permanente de Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA).
Sin embargo, la medida se aprobó tras la dimisión de Harold Forsyth a dicho cargo, posterior a la juramentación de Rodríguez Mackay como titular de Torre Tagle.
Denuncia constitucional
Hace una semana, el premier, Aníbal Torres, informó que pedirá a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) una opinión sobre la denuncia constitucional contra el presidente de la República, Pedro Castillo, presentada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien además lo anunció en televisión nacional.
Asimismo, el presidente del Consejo de Ministros, advirtió que la titular del Ministerio Público señaló que en este caso no se debe aplicar el derecho peruano, el Código Penal ni la Constitución, sino la Convención de la ONU contra la corrupción.
“Ni el artículo 25 ni el artículo 30 de la Convención son autoejecutables, lo que significa que en cualquier caso potencial las autoridades estarían aplicando la legislación nacional y no la convención directamente como tal”, expresó el funcionario.
“No se trata de aplicar la convención, sino de discutir un caso nacional en curso, de acuerdo con la legislación nacional”, añadió durante un breve discurso ante los medios de comunicación.
Por otro lado, Aníbal Torres anunció que pedirá a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que emita, a la brevedad posible, una opinión sobre este caso, dado que el artículo 117 de la Constitución señala que los delitos por los cuales puede ser acusado un presidente durante su mandato son traición a la patria.
“También están considerados, en caso el jefe de Estado trate de impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; disolver el Congreso en casos no previsto en el artículo 134 de la Constitución”, precisó a la prensa nacional.
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