La Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional ratificó este miércoles la orden de detención por diez días que cumplen los llamados ‘Asesores en la sombra’ del presidente Pedro Castillo.
La instancia del Poder Judicial desestimó las apelaciones presentadas por los empresarios chotanos Abel Cabrera Fernández y Alejandro Sánchez Sánchez (prófugo dueño de la casa de Sarratea); así como los exasesores Salatiel Marrufo y Auner Vásquez, quien se halla en riesgo de fuga.
Según la tesis de la Fiscalía, los detenidos y el dueño de la casa de Sarratea, serían miembros de una organización criminal liderada por Castillo Terrones. Por ello, se les imputa los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y encubrimiento personal.
La detención preliminar se ejecutó el 11 de octubre. Cinco investigados cuestionan la resolución del juez Víctor Zúñiga Urday que admitió el pedido del Ministerio Público al considerar que el requerimiento no es proporcional y se basa en un análisis indebido de los elementos de convicción.
En tanto, de todos los investigados con mandato de detención preliminar, solo Biberto Castillo León no presentó una apelación contra la medida.
En la estructura criminal, Sánchez Sánchez, Cabrera Fernández y Medina Guerrero tenían el rol de financistas y coordinadores de la organización. Marrufo y Vásquez, en tanto, eran los coordinadores. Mientras que Castillo León cumplía el rol de operador.
Para el Ministerio Público, este grupo delictivo tuvo su origen después de la segunda vuelta electoral del año pasado. En principio, captaron dinero desconocido para financiar la campaña del entonces candidato Pedro Castillo y así obtener ganancias ilícitas “una vez se obtenga el poder político”.
Una segunda etapa fue, ya con Castillo en Palacio, fue el copamiento de instituciones públicas para generar activos ilegales.
Por esta razón, la fiscal general, Patricia Benavides, señala al mandatario como presunto autor de los delitos de organización criminal agravada por su condición de líder, tráfico de influencias agravado y cómplice del delito contra la administración pública en la modalidad de colusión (fraude).
Presidente denunciado
El Ejecutivo y la defensa de Castillo sostienen que el artículo 117 de la Constitución establece que el presidente solo puede ser acusado durante el ejercicio de sus funciones por cuatro casos concretos, entre los que figuran traición a la patria o impedir las elecciones, pero no por delitos de corrupción o comunes.
Este miércoles, Castillo pidió a la Organización de Estados Americanos (OEA) que tome “medidas de urgencia” para abrir “un diálogo entre los diversos poderes del Estado” parar resolver la crisis política que vive el país y evitar “la configuración de una nueva modalidad de golpe de Estado”.
La misiva, fechada el 12 de octubre y de la que solo hoy se ha tenido noticia, invoca la aplicación de la Carta Democrática Interamericana, en cuyo artículo 17 recoge que, cuando un Gobierno “considere que está en riesgo” su proceso democrático, puede recurrir al secretario general “a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática”.
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