El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) indicó que en un plazo máximo hasta marzo de 2023, las billeteras electrónicas podrán operar entre ellas y aceptar transferencias de dinero por parte de usuarios que pertenecen a otras empresas.
Esto quiere decir que las principales billeteras que operan en el país como Yape y Plin, serán interoperables. De ese modo, se mejoraría la eficiencia del sector de pagos digitales que se emplean en el Perú. Así se indicó en la Circular Nº 0024-2022-BCRP, que se publicó hoy en Normas Legales del diario El Peruano
Además, se precisó que dicha norma tiene el objetivo de establecer las oportunidades y condiciones necesarias para lograr la interoperabilidad entre las billeteras digitales, las cuales están dentro de los PSP (proveedores de servicios de pagos).
De ese modo, se indicó que para asegurar la privacidad de la información, los servicios de pago interoperables tendrán que ofrecerse de manera eficiente y segura. Esto tomando en cuenta las condiciones de libre competencia.
“Está prohibida cualquier práctica discriminatoria (limitaciones al acceso, pactos o acuerdos de exclusividad que puedan limitar la interoperabilidad, entre otras) hacia cualquier usuario y entre entidades reguladas”, se lee en la norma.
También se mencionó que cada entidad regulada tendrá la posibilidad de elegir sus tecnologías para adaptarlas, en caso de ser necesario, para lograr la interoperabilidad.
Cobro a usuarios
Por otro lado, el cobro de comisiones o tarifas por los servicios de pago interoperables, deben ser transparentes y no discriminatorios para los usuarios, señaló el BCR. En ese sentido, también se destacó que el costo debe ser real, para no limitar el acceso y empleo de billeteras electrónicas.
“Las entidades reguladas deben proporcionar información veraz, oportuna y completa que permita que los usuarios entiendan los derechos y obligaciones que contraen al hacer uso de servicios de pago interoperables”, destacó.
Según el anuncio, las entidades reguladas que están obligadas a seguir este proceso son las siguientes:
- El administrador del acuerdo de pago Yape: Banco de Crédito del Perú (BCP).
- Los administradores del acuerdo de pago Plin: BBVA, Scotiabank e Interbank.
Asimismo, esto aplica a las entidades reguladas que brinden uno o más de los servicios de pago:
- Acuerdo de pago Yape y sus participantes.
- Acuerdo de pago Plin y sus participantes.
- Bancos.
- Cajas Municipales de Ahorro y Crédito.
- Financieras.
- Entidades Inscritas en el registro QR (las empresas emisoras de dinero electrónico (EEDEs) inscritas en el registro podrán interoperar a través de otra entidad regulada).
- Otras que el Banco Central establezca.
Cabe precisar que la Circular Nº 0024-2022-BCRP precisa que como fecha máxima al 31 de octubre de 2022, las entidades deberán presentar su “cronograma de interoperabilidad”, para que posteriormente se entregue un “informe de avances” hasta el 31 de enero del próximo año.
Finalmente, los servicios de pago que operen entre sí “deberán estar puestos a disposición de los usuarios, como máximo, el 31 de marzo de 2023″.
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