Segunda vuelta o moneda al aire: Así se define la elección de alcaldes y gobernadores regionales en caso de empate

Las leyes regionales y municipales establecen claramente qué ocurre cuando dos candidatos registran un empate técnico.

Guardar
Serán 24 millones 760 mil 62 de peruanos y extranjeros que se encargarán de elegir a los próximos gobernadores regionales, así como alcaldes provinciales y locales.
Serán 24 millones 760 mil 62 de peruanos y extranjeros que se encargarán de elegir a los próximos gobernadores regionales, así como alcaldes provinciales y locales.

El pasado domingo 2 de octubre se realizaron las elecciones municipales y regionales a nivel nacional. En concreto, se elige para renovar a los 25 gobernadores regionales, 196 alcaldes provinciales y 1,694 burgomaestres distritales. Sin embargo, en algunos casos podrían haber una segunda vuelta si es que hay un pequeño margen de diferencia, tal como ocurre en las elecciones generales y en otros una curiosa forma adoptada por el Jurado Nacional de Elecciones decidiría al ganador de los comicios.

Al respecto, las leyes electorales dicen lo siguiente.

La Ley de elecciones regionales N.º 27683, precisa en su artículo N.º 5 lo siguiente: “El presidente y vicepresidente del Gobierno Regional son elegidos conjuntamente por sufragio directo para un período de cuatro (4) años. Para ser elegidos se requiere que la fórmula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) de los votos válidos”.

Además, se lee que “si ninguna fórmula supera el porcentaje antes señalado, se procede a una segunda elección dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, en todas las circunscripciones que así lo requieran, en la cual participan las fórmulas que alcanzaron las dos más altas votaciones. En esta segunda elección, se proclama electa la fórmula de presidente y vicepresidente que obtenga la mayoría simple de votos válidos”.

El Jurado Nacional de Elecciones amplió por 72 horas el plazo de inscripción de candidatos para las elecciones municipales y regionales 2022. Foto: Andina
El Jurado Nacional de Elecciones amplió por 72 horas el plazo de inscripción de candidatos para las elecciones municipales y regionales 2022. Foto: Andina

Por su parte, la Ley de elecciones municipales N.º 26864 no contempla ningún artículo que señale lo propio. Por lo que se definirá al alcalde aun así tenga la mínima diferencia. Pero en el caso de que se de quedar empate, se convocará a los dos candidatos elegidos y ante la presencia de autoridades se tomará una moneda para escoger al que será la autoridad por los próximos cuatro años.

En lo que va del conteo de votos por parte de la ONPE hasta el momento no se han reportado empates en lo que respecta alcaldías distritales y provinciales, pero en el caso de los regionales, en los próximos días se anunciarán qué regiones irán a una segunda vuelta electoral.

Multas por no votar

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) indicó que las multas por no concurrir a votar este domingo oscilan entre S/ 23 y S/ 92, mientras que por no asistir o negarse a desempeñar el cargo de miembro de mesa es de S/ 230.

Estas sanciones económicas se aplicarán conforme a la tabla de multas electorales actualizada a partir de una clasificación por localidad y nivel de pobreza que estableció el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al año 2022.

SEGUIR LEYENDO

Guardar