A través de un decreto publicado este jueves 29 de septiembre, el Poder Ejecutivo anunció que el próximo lunes 3 de octubre será “día no laborable compensable” para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
Según señalan en la publicación del Diario Oficial El Peruano, el objetivo de dicha medida es establecer facilidades para los ciudadanos que cumplan con sus responsabilidades en la jornada electoral que se realizará este domingo 2 de octubre a nivel nacional.
Se trata del Decreto Supremo N°016-2022-TR, que precisa en el artículo 1 de la norma establecer el tercer día del décimo mes del año, como no laborable de naturaleza compensable. Es importante resaltar que este beneficio se aplica solo para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones.
Dentro del texto de la normativa, se establece que para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en el numeral precedente.
Asimismo indican, que dicha decisión, es con el único propósito de que el día de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, se desarrolle de la manera más óptima el desempeño de los miembros de mesa que cumplen una gran responsabilidad durante la jornada electoral.
Por otro lado, el mencionado decreto advierte que todas las personas que cumplan el rol mencionado, recibirán un Certificado de Participación” entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el cual deberá ser presentado de manera física o digital a su empleador para reiniciar su prestación de servicios.
Solo presentando esta documentación, el ciudadano podrá ser beneficiado con el día no laborable compensatorio.
Derecho a voto
En otra parte del contenido del Decreto Supremo N°016-2022-TR, se señalan las facilidades que los peruanos debemos recibir para ejercer el derecho a voto.
Según el artículo 3 del texto se indica que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que participen en las ERM 2022, no laboran los días viernes 30 de setiembre, sábado 01, domingo 02 y lunes 03 de octubre.
Sin embargo, subrayan, que esto deberá debidamente sustentado, acreditando que realizaron su deber ciudadano durante los comicios electorales. Pero eso no es todo, la norma también indica otras facilidades que se deberán aplicar los primeros días del mes de octubre.
“Si nos referimos al sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la manera de hacer efectiva la recuperación de los días no laborados. En caso no se logre un acuerdo, el empleador será quien decidirá”, sustenta la norma.
Por otro lado, señala que en el caso del sector público, las entidades deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar una adecuada prestación de los servicios de interés general, donde también se dispondrá la forma de recuperación de los días dejados de laborar.
Permiso en el trabajo
Con respecto al permiso correspondiente durante la jornada de trabajo, el Artículo 4 aclara que los trabajadores de los sectores público y privado que no se encuentren en los supuestos del artículo 3, “tienen derecho a un permiso durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto”.
Esto, precisan, siempre y cuando cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
“Los empleadores de los sectores público y privado disponen la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar, según corresponda”, añaden en el decreto.
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