Desde el 1 al 3 de octubre, la ciudadanía a nivel nacional no podrá potar ni usar armas de fuego debido a las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Así lo informó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).
En esa línea, el titular de la Sucamec, Dr. Alberto Balladares Ramírez, señaló que, de cometer esa falta grave durante los comicios a realizarse este domingo 2, se les cancelará la licencia y se decomisará el arma de fuego.
Asimismo, expresó que la institución que preside fiscalizará el cumplimiento de esta medida en cumplimiento de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, que prohíbe a los electores portar armas desde el día anterior al de la elección y hasta un día después de ésta.
Con la finalidad de garantizar el orden durante los actos electorales, Balladares mencionó que según el Artículo 352 de la normativa, a parte de la cancelación de la licencia y el decomiso del arma de fuego, la sanción incluye pena privativa de la libertad de no menor de un mes ni mayor de un año.
“Exhorto a los ciudadanos a tomar las precauciones del caso para que ejerzan su voto y contribuyan a que este acto se desarrolle en un clima de civismo y paz social en todo el territorio nacional”, manifestó.
Cabe precisar que esta restricción excluye al personal que se encuentra brindando los servicios de seguridad privada, siempre que no ingresen con armamento a ningún centro de votación por ningún motivo. La Sucamec hará cumplimiento de sus facultades en el transcurso del proceso electoral municipal para contribuir a la seguridad ciudadana y el orden interno en todo el Perú.
Venta de licor
El Ministerio Público recordó que cualquier ciudadano que lleve a cabo la venta de bebidas alcohólicas durante la etapa electoral o ley sea, tendrá que afrontar un total de seis meses de pena privativa de la libertad.
Asimismo, por hacer reuniones prohibidas o realizar espectáculos durante este periodo, también se aplicará la misma medida.
En cuanto al horario establecido, la Ley Orgánica de Elecciones precisa que la prohibición de licor de cualquier clase empezará desde el sábado 1 de octubre a las 8 a.m. y se extenderá hasta el próximo lunes 3 de octubre a la misma hora mencionada. Por ende, los locales dedicados a la venta de dicho producto tienen que estar cerrados durante dichos días.
Si esta disposición no se cumple, se sancionará con cárcel por un tiempo no mayor a medio año, una multa mínima de S/2.790 y pena accesoria de inhabilitación por el mismo tiempo que el de la condena. Esta última consiste en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
Por esa razón, el Ministerio Público está ejecutando la campaña denominada #NoCometasDelitosElectorales, con el fin de advertir y concientizar acerca de las conductas que pueden considerarse como delitos que atentan contra la libertad y derecho al sufragio; además de afrontar una pena de cárcel.
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