Restricciones electorales que rigen hasta el lunes 3 de octubre

A nivel nacional se han establecido una serie de prohibiciones que se deben cumplir de manera obligatoria. De no cumplirlas, pueden recibir multas y/o encarcelamiento.

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A pocos días de celebrarse las Elecciones Municipales y Regionales 2022, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), como todos los años en que hay votaciones, ha establecido una serie de restricciones que entrarán en vigencia a puertas del domingo 02 de octubre.

El evento permitirá que los electores puedan elegir a sus próximos gobernantes municipales y regionales para el periodo 2023 - 2026. Por ello, el organismo electoral, en busca de asegurar el correcto desarrollo de la próxima jornada electoral, estableció una serie de medidas.

A través de un comunicado, la entidad detalló qué restricciones ciudadanas deberán ser cumplidas, desde cuándo y qué sanciones pecuniarias y penales deberán asumir los infractores.

Fecha de inicio

El Jurado Nacional de Elecciones señaló que, a partir del lunes 26 de setiembre a las 00:00 horas, iniciarán las restricciones ciudadanas en todo el territorio nacional.

Conoce que sí y no está permitido para las elecciones del domingo 2 de octubre. (TV Perú)

Restricciones y sanciones

Conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el JNE anunció que estará prohibido la difusión o publicación de encuestas de intención de voto a través de los medios de comunicación. El incumplimiento de esta disposición será merecedora de una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Asimismo, a partir de las 00:00 horas del viernes 30 de setiembre, quedará prohibido la realización de reuniones, manifestaciones de carácter político. Quienes infrinjan esta restricción, será sancionado con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años, según lo estipulado en el artículo 388 de la LOE.

De igual manera, todo tipo de propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 1 de octubre. Los candidatos no deberán presentarse en ningún medio de comunicación para dar alguna entrevista, conferencia o debate. Quienes rompan esta regla, podrán ser multados con 30 hasta 100 UIT o una pena de prisión no menor de dos años.

Ley seca

El Jurado Nacional de Elecciones también reveló que, desde las 08:00 horas del sábado 01 de octubre, dará inicio a la famosa ley seca, la cual prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas. La medida tendrá vigencia hasta las 08:00 horas del lunes 3 de octubre. El incumplimiento de esta disposición se sancionará con cárcel no mayor de seis meses, o una multa no menor de S/2 790 y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al infractor para ejercer cualquier labor.

Para el día del sufragio, el JNE ha prohibido las reuniones de electores en una radio menor de 100 metros de los centros de sufragio. La restricción dará inicio a las 07:00 horas y culminará a las 17:00 horas del domingo 02 de octubre.

El JNE anunció que fiscalizadores de la institución realizarán operativos en diversas regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.

Ley seca. Foto: Colprensa
Ley seca. Foto: Colprensa

¿Cómo saber si tengo multas electorales?

La Ley Nº 28859 ha establecido multas por incumplir con la responsabilidad electoral en las jornadas de votaciones. Las más conocidas son por: no acudir a sufragar y no presentarse como miembro de mesa. Sin embargo, existen otras obligaciones que por incumplimiento también son sujetas a una sanción monetaria. Por ello, te invitamos a consultar en ESTE ENLACE si tienes alguna multa electoral.

¿Qué es la justificación de una multa electoral? Consiste en un trámite por el cual el ciudadano -miembro titular o suplente- justifica su inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, exonerándolo de la sanción administrativa.

¿Qué pasa si no pago la multa?

- No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).

- No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.

- No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.

- No podrás ser nombrado funcionario público.

- No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.

¿Cómo pagar una multa electoral?

Para realizar los pagos puedes hacerlo mediante la plataforma digital oficial del JNE -que acepta tarjetas de crédito o débito de cualquier entidad- y también por medio de Págalo.pe y agentes del Banco de la Nación. Sigue estos pasos para realizar el trámite:

- Ingresa a https://pagosenlinea.jne.gob.pe

- Click en el botón “paga”, escribe tu número de DNI y elige la multa a pagar.

- Finalmente, realiza la operación y en tu correo electrónico recibirás la constancia de pago.

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