El Poder Judicial (PJ) declaró improcedente la medida cautelar presentada por Leche Gloria S. A., en la cual pedía que se le permita utilizar provisionalmente el insumo de “leche en polvo” para la elaboración del producto de “leche evaporada”, y seguir usando esta última denominación para la identificación comercial del producto.
De acuerdo con el fallo, en abril se publicó la modificación al reglamento en el Decreto Supremo 004-2022-Midagri, que determina que la leche evaporada deber ser elaborada únicamente con leche fresca. De usarse otros insumos, como leche en polvo, el producto pasa a tener la denominación de mezcla láctea. Esta norma entrará en vigencia el próximo 4 de octubre.
En esa línea, la empresa Gloria solicitaba que se deje sin efecto provisionalmente este decreto supremo, pues sostuvo que mediante el artículo 1 del decreto que modifica el Reglamento de la Leche y Productos Lácteos se prohibió la adición de leche en polvo para la elaboración del producto Leche Evaporada, con lo que “se están afectando sus derechos a la igualdad y no discriminación en materia económica, libertad de empresa”.
Sin embargo, el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través de su resolución, señaló que en esta etapa procedimental resulta prematuro determinar el real grado de afectación de los derechos considerados vulnerados, por lo cual decidió no darle la razón a la empresa.
Gloria apeló decisión del PJ
Este martes, la compañía emitió un comunicado en el que afirma que ha presentado una acción de amparo “en defensa de los derechos de los consumidores y la libre empresa”, esto luego de haber consultado con especialistas con respecto a la modificación del Reglamento de la Leche y Productos Lácteos mediante el Decreto Supremo 004-2022-Midagri, que entrará en rigor el 4 de octubre.
“Con relación a la modificación del Reglamento de la Leche y Productos Lácteos en el país mediante el Decreto Supremo 004-2022-Midagri, Leche Gloria S.A. ha consultado la opinión de especialistas en materia nutricional, defensa del consumidor y derecho constitucional, y, con base a este riguroso análisis y en defensa de los derechos de los consumidores y la libre empresa, presentó en el mes de abril una acción de amparo. Esta medida legal será vista por el Poder Judicial en el mes de noviembre,” señaló el comunicado.
En la medida cautelar, la organización también solicita que se deje sin efecto provisionalmente este decreto supremo. Sostiene que mediante el artículo 1 se prohibió la adición de leche en polvo para la elaboración del producto Leche Evaporada. La empresa también ha afirmado que cumplirá con la modificación al reglamento durante su vigencia, “para lo cual viene adoptando las medidas de adecuación correspondientes”.
Leche Gloria agregó que se ha advertido en “diversos foros” que la modificación del mencionado reglamento es considerada por los expertos como antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución y a los derechos que la misma garantiza.
“Dicha modificación al reglamento busca cambiar los parámetros técnicos para la producción de la leche evaporada sin evidencia científica en perjuicio de su nivel nutricional; y, además, suspende la aplicación de las obligaciones sanitarias relativas a la contaminación microbiológica de la leche cruda, en desmedro de las exigencias de salubridad y calidad que debe siempre cumplir dicho producto”, dijo la empresa en un comunicado.
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