Conoce cuáles son los requisitos para ser alcalde y regidor municipal en Perú

Además, conoce cuánto ganan los burgomaestres y los integrantes del consejo directivo.

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Conoce cuáles son los requisitos para ser alcalde y regidor en municipal en Perú. (Andina)
Conoce cuáles son los requisitos para ser alcalde y regidor en municipal en Perú. (Andina)

Se acercan las elecciones municipales y regionales en Perú, por lo que es común que las personas comiencen a averiguar sobre los candidatos y las propuestas que brindan.

Pero no es lo único que genera curiosidad en los ciudadanos, ademas de ello, también está el saber cuáles son los requisitos para postular y ser alcalde y cuál es el sueldo que reciben.

No obstante, las personas deben de tomar en cuenta que no solo los alcaldes y gobernadores regionales son elegidos, sino que el burgomaestre que gane la contienda electoral, llevará consigo a sus regidores, quienes formarán parte del consejo directivo de cada jurisdicción.

Estos son los requisitos para ser alcalde y regidor en Perú. (Captura)
Estos son los requisitos para ser alcalde y regidor en Perú. (Captura)

¿Qué requisitos debo tener para ser Alcalde?

Se trata de la figura más importante de cada distrito, pues se encarga de ejecutar obras, ordenanzas, entre otras cosas más. Para ser alcalde distrital, los requisitos son los siguientes:

- Ser ciudadano en ejercicio y tener DNI.

- Vivir en la provincia o distrito por lo menos dos (2) años consecutivos y gozar del derecho de sufragio.

- Las personas con nacionalidad extranjera también pueden ser alcaldes o regidores. Para ello, deben ser mayores de edad, residir más de 2 años consecutivos y estar inscritos en el registro correspondiente. Cumpliendo esto, podrán elegir y ser elegidos, excepto en municipalidades fronterizas.

DATO: Los candidatos a la alcaldía deben de pertenecer a un partido político, movimientos regionales o alianzas electorales u organizaciones políticas locales inscritas.
En el lado izquierdo, el actual alcalde de San Juan de Miraflores, Daniel Castro Segura y por el lado derecho, la ex alcaldesa de la misma jurisdicción Cristina Nina, quien viene siendo investigada por pertenecer a una presunta banda criminal.(Composición)
En el lado izquierdo, el actual alcalde de San Juan de Miraflores, Daniel Castro Segura y por el lado derecho, la ex alcaldesa de la misma jurisdicción Cristina Nina, quien viene siendo investigada por pertenecer a una presunta banda criminal.(Composición)

¿Cuándo son las inscripciones para alcaldes 2022?

Las inscripciones para ser candidatos a la alcaldía de los distintos distritos del Perú se dieron hasta el 14 de junio del 2022. Esta lista de postulantes está conformada por el aspirante al sillón municipal y sus regidores. Por lo tanto, el candidato que gane llevará consigo a todos los regidores que integran la lista que lidera y que fue presentada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

¿Cuánto dura ser Alcalde en Perú?

El periodo de trabajo de los alcaldes municipales en Perú es de 4 años en total.

Municipalidad de Lima.
Municipalidad de Lima.

¿Cuánto gana un alcalde distrital en Perú 2022?

El sueldo de los alcaldes puede variar acorde a la votación que realice el concejo municipal (regidores) dentro del primer trimestre. Siendo el sueldo máximo de 15,600 soles y el mínimo de 2,600 soles, según se lee en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF que fue publicado el 2019 en el diario El Peruano.

Son en total 12 remuneraciones que reciben durante un año y 1 aguinaldo por Fiestas Patrias y otro por navidad.

Los montos de los aguinaldos son equivalentes a la compensación económica mensual.

Estas son las remuneraciones que reciben algunos alcaldes de Lima este 2022:

- Alcalde de Lima: S/15,600 soles mensuales.

- Alcalde de San Borja: S/11,400 soles mensuales.

- Alcalde de Santiago de Surco: S/13,260 soles mensuales.

- Alcalde de San Juan de Lurigancho: S/13,260 soles mensuales.

- Alcalde de San Juan de Miraflores: S/13,260 soles mensuales.

- Alcalde de San Martin de Porres: S/11,000 soles mensuales.

- Alcalde de Villa María del Triunfo: S/13.260 soles mensuales.

- Alcalde de Villa El Salvador: S/13.260 soles mensuales.

Estos son algunos distritos donde los burgomaestres perciben una mayor remuneración.

DATO: La proporción del pago a los alcaldes se puede elevar acorde a la población electoral del distrito que maneje, siendo el tope más alto el de S/13,260 soles.

¿Qué es y qué realiza un Regidor en Perú?

Los regidores son quienes representan a los ciudadanos y son elegidos dentro de la Ley de Elecciones Municipales.

Las funciones que ejecutan son normativas, tales como:

• Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.

• Formular pedidos y mociones de orden del día.

• Asumir, por delegación del alcalde, sus funciones políticas.

• Fiscalizar la gestión municipal.

• Integrar comisiones ordinarias y especiales.

• Mantener comunicación con las organizaciones sociales e informar al concejo municipal.

DATO: La cantidad de regidores no debe ser menor de cinco ni mayor de 15, pero hay una excepción para el concejo provincial de Lima, que cuenta con 39 regidores.
El alcalde Jorge Quintana García de Jesús María, junto a sus ocho regidores distritales. (Municipalidad de Jesús María)
El alcalde Jorge Quintana García de Jesús María, junto a sus ocho regidores distritales. (Municipalidad de Jesús María)

¿Cuánto gana un Regidor en el Perú?

Los regidores perciben un pago conocido como “dieta”, que no puede exceder a un total de 4 dietas mensuales. Estas deben de darse acorde a la capacidad económica del gobierno local, y además no pueden superar el 30% la remuneración mensual del alcalde.

La asistencia de estos funcionarios va de la mano con las dietas, por cada sesión se costea una dieta.

Por ejemplo, en el distrito de Villa María del Triunfo los regidores perciben S/2,730 soles por dieta. Dicha jurisdicción realiza hasta 2 sesiones mensuales.

DATO: Si un alcalde es vacado, el regidor elegido para reemplazar al alcalde, dejará de recibir dietas y pasará a recibir el pago del burgomaestre, según el artículo 12 de la Ley N° 27872 “Ley Orgánica de Municipalidades”.

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