Congreso: Piden que Comisión de Fiscalización cite a ministro de Justicia por liberación de Antauro Humala

La fujimorista Vivian Olivos hace esta solicitud para que se detalle cómo así el líder etnocacerista podrá ser excarcelado.

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Comisión de Fiscalización podrí citar
Comisión de Fiscalización podrí citar a Félix Chero por liberación de Antauro Humala.

La eventual excarcelación de Antauro Humala ha remecido al Congreso de la República, desde donde ya piden que el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Félix Chero, y el presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Omar Méndez Irigoyen, acudan a la Comisión de Fiscalización y Contraloría para informar cómo así el líder etnocacerista podrá recobrar su libertad.

Así lo solicitó la parlamentaria de Fuerza Popular, Vivian Olivos, quien remitió un oficio a su correligionario Héctor Ventura, presidente del mencionado grupo de trabajo, en el que solicita que el titular de Justicia y el jefe del INPE brinden detalles de la Resolución Directoral N.º 104-2022- INPE/ORL-EPM-ANCONII, emitida por el Consejo Técnico Penitenciario de Ancón II, en el que da cuenta de que la pena del hermano del expresidente Ollanta Humala fue redimida en 1 año y 7 meses.

“Para que informe ante la comisión que preside sobre la resolución (…) que otorga libertad a Antauro Humala Tasso bajo la figura de redención de pena que facilitaría su salida antes del cumplimiento efectivo de su sentencia por los delitos de homicidio simple, secuestro y otros”, se puede leer en el oficio.

Vivian Olivos, congresista de Fuerza
Vivian Olivos, congresista de Fuerza Popular. | Foto: Congreso

Cabe destacar que la justificación del INPE, para que Humala Tasso sea excarcelado, es que este solicitó su libertad por redención de la pena por trabajo y educación, el pasado 8 de julio, como está amparado en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento y que corresponde a lo establecido en la Ley N° 28760. “En los casos de personas sentenciadas por el delito de secuestro (delito con pena más grave del interno), se deberá aplicar el computo de redención de 7 días de trabajo o educación, por 1 día de libertad”.

En ese sentir, el Instituto Nacional Penitenciario aseguró que el referido reo ha trabajado y estudiado durante su permanencia en prisión un total de 3 667 días, por lo cual, la condena que venía cumpliendo desde el 3 de enero del 2005 de 19 años de prisión, se cumplió a los 17 años, 7 meses y 14 días.

Antauro Humala presentó anteriormente esta solicitud hasta en 3 oportunidades, sin embargo, se decidió no otorgarle dicho beneficio por no cumplir, es ese entonces, el plazo correspondiente.

Antauro Humala salió de prisión
Antauro Humala salió de prisión tras la decisión del INPE de dejarlo libre. (Andina)

Ejecutivo no intervino en libertad de Antauro

El presidente del INPE ya adelantó que no existen irregularidades en el procedimiento que se llevó a cabo para la liberación del hermano del exmandatario del penal Ancón II.

“Quiero descartar cualquier tipo de situación alejada de lo estrictamente técnico y profesional. Lo puedo garantizar porque lo que publicamos en nuestro comunicado es señalar la propia decisión del penal. Y mi labor como presidente del INPE es respaldar las decisiones conforme a ley y al marco constitucional que tienen los establecimientos penitenciarios”, declaró Méndez a RPP Noticias.

Además recordó que el consejo técnico penitenciario de Ancón II tiene la potestad de brindar este beneficio a Antauro Humala conforme al marco legal. “Este pedido de reducción de pena ya se había presentado hasta en tres oportunidades, pero el mismo Consejo Técnico del Penal Ancón II siempre ha señalado que no alcanzaba el tiempo para llegar a la libertad. Entonces ya como ha avanzado los días había llegado justamente al nivel que le permitía el beneficio”, explicó.

El presidente del Consejo Nacional
El presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Omar Méndez Irigoyen.

En esa línea, Omar Méndez aclaró que no había la necesidad de consultar esta decisión al Ministerio de Justicia porque le corresponde a la autoridad administrativa penitenciaria.

“El penal Ancón II, a través de su Consejo Penitenciario, ha otorgado una resolución donde otorga este beneficio administrativo de acuerdo al artículo 44 del Código de Ejecución Penal en donde se le está redimiendo la pena por trabajo y educación y eso lo hicimos notar en el comunicado”, sostuvo.

“No se ha consultado con el Ministro de Justicia porque la autoridad administrativa penitenciaria puede otorgar una reducción de tipo administrativo y es de acuerdo a ley”, añadió.

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