PNP se encargará de imponer las multas por exceso de velocidad a partir del 15 de agosto

Montos de las sanciones alcanzarán hasta los 2,300 soles.

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Vehículos transitando en la carretera
Vehículos transitando en la carretera Panamericana Sur, Lima. Foto: Infobae/María Elena Mamani.

A tan solo 5 días de aplicar nuevas multas por exceso de velocidad en Lima Metropolitana, se informó que la imposición de las sanciones estará a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP).

Como se sabe, desde el próximo lunes 15 de agosto, los conductores que no respeten los nuevos controles en calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas podrán recibir una multa equivalente al 50% de una UIT.

Esta sanción que suma el monto de 2,300 soles, también se aplicará a los que no consideren los límites de velocidad en carreteras que pasan por centros poblados a escala nacional.

A través de un comunicado oficial de la Municipalidad de Lima y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se informó que, en su jurisdicción, las multas empezarán a aplicarse desde la quincena de este mes de agosto y que estará a cargo de la Policía Nacional del Perú.

También señalaron, que esta normativa, se aplica en todo el país desde el pasado 18 de julio del presente año de acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito, modificado por el Decreto Supremo Nº 025-2021-MTC, aprobado en julio del 2021.

Según detalla la legislación, no se debe exceder los 30 km/h (antes eran 40 km/h) en las calles y jirones. De igual manera, en las avenidas no se deben superar los 50 km/h (antes eran 60 km/h).

Del mismo modo, debemos considerar que se modificaron los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. Mientras que para zonas comerciales los datos varían en: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares / hospitales: 30 km/h.

La comuna limeña también recordó que, si se supera el límite máximo establecido, se impondrán sanciones de forma gradual. Por lo tanto, está prohibido excederse hasta 10 Km/h por encima del límite conlleva una sanción de S/ 828 (18% de una UIT) y 50 puntos negativos en el récord del conductor.

El Ministerio de Transporte y
El Ministerio de Transporte y Comunicaciones dispuso que la edad máxima para conducir sea hasta los 80 años.

Otra de las sanciones involucra el exceso entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite, de no respetar esta medida, generará una sanción de 1104 soles (24% de una UIT) y acumulará 60 puntos en contra en su historial.

También es importante tener en cuenta que superar el límite máximo en más de 30 km/h le hará acreedor de una multa de 2300 soles (50% de una UIT) y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor.

Por su lado, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones aclaró que la acumulación de puntos en contra en el récord del conductor por cada infracción cometida puede derivar en la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducir. Es importante recordar que la unidad impositiva tributaria (UIT) de este año equivale a 4600 soles.

Otras normativas

La ley también señala que es obligatorio reducir la velocidad en las vías urbanas y reconocer al ciclista como usuario vulnerable. Para la comuna limeña, esto vincula los primeros pasos para afianzar la importancia de la movilidad activa y respetarnos entre todos los ciudadanos.

Los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y/o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, hospitales o zonas escolares son los siguientes:

a) En zonas comerciales: 30 km/h.

b) En zonas residenciales: 50 km/h.

c) En zonas escolares/hospitales: 30 km/h.

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