Pedro Castillo: Abogado del presidente criticó informe que recomienda suspensión por cinco años

Benji Espinoza señaló que el documento remitido a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales carece de argumento jurídico serio.

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Benji Espinoza (izquierda) y Pedro
Benji Espinoza (izquierda) y Pedro Castillo (derecha) en las afueras de Palacio de Gobierno.

El escenario se vuelve cada vez más complicado para el presidente Pedro Castillo, sobre todo tras el informe final enviado a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso. Dicho documento recomienda que el jefe de Estado sea suspendido para el ejercicio de la función pública por cinco años. Ante ello, la defensa legal del mandatario, Benji Espinoza, manifestó su total rechazó y criticó el contenido de la denuncia.

“El informe de Wilson tiene muchas hojas, pero ningún argumento jurídico serio”, dijo Espinoza refiriéndose al congresista Wilson Soto de Acción Popular que presentó la denuncia por delito de traición a la patria. Para la defensa legal de Pedro Castillo el destino del documento debe ser el archivo, donde descansan los “malabares jurídicos”, tal como calificó el abogado al informe mencionado.

Cabe recordar que el génesis de este proceso se dio en enero de este año cuando Pedro Castillo brindó una entrevista a la cadena de televisión CNN en español. En aquella ocasión el periodista le recordó al mandatario la vez que se mostró a favor de que Bolivia tenga acceso al mar, es así que el hecho generó una polémica que llegó hasta el Congreso. Desde ese poder del Estado se entendió la frase como una traición a la patria.

El abogado de Pedro Castillo,
El abogado de Pedro Castillo, Benji Espinoza, considera que el Pleno no debe apoyar informe final del congresista Soto.

Si bien se trata de una postura previo al inicio de su mandato, el informe presentado recomienda iniciar un juicio político al presidente Castillo “por infracción de los artículos 32, 54, 110, 118, incisos 1,2 y 11 de la Constitución Política del Perú”. El documento también hace referencia al artículo 100 de la Carta Magna, el mismo que habilita al Congreso inhabilitar al presidente hasta por una década.

Dicho artículo también especifica que “el acusado tiene derecho, en este trámite, a la defensa por sí mismo con asistencia de un abogado ante la Comisión Permanente y ante el Pleno del Congreso”. Por el momento, queda que la representación nacional en pleno decida a través de los votos si aprueba o no el informe en cuestión. Por su parte, Benji Espinoza considera que el informe no debe ser respaldado en el Pleno.

Los argumentos del informe

El documento que recomienda la suspensión del presidente Castillo hace referencia al artículo 54 de la Constitución Política del Perú, la misma que señala que “el territorio del Estado es inalienable e inviolable”. Para la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Pedro Castillo habría cometido una infracción al mencionado artículo al recordar que en algún momento estuvo a favor del acceso de Bolivia al mar.

Pedro Castillo sobre darle salida al mar a Bolivia. | Fuente: CNN/Programa Conclusiones

Si bien en un momento de la entrevista Castillo señaló que es un derecho de los bolivianos tener acceso al mar, poco después dijo: “No, no, le juro que nunca en mi vida podría ceder un centímetro del territorio peruano a otro país”. La confusión e incongruencia en las declaraciones del presidente de la república propiciaron a que los congresistas de oposición usaran sus palabras en su contra.

El informe también reúne los testimonios de figuras recordadas por haber impulsado la idea de un supuesto fraude electoral en las elecciones generales del 2021 como Lourdes Flores, Francisco Tudela, Hugo Guerra y Ángel Delgado. Su aporte al informe fue señala la supuesta injerencia del Foro de Sao Paulo para fomentar la idea de otorgarle acceso al mar al país altiplánico.

El siguiente paso el informe tras la aprobación en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, es la Comisión Permanente. Una vez aprobado en ese grupo de trabajo se presentará ante el Pleno.

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