La crisis política en el país parece agudizarse con el pasar de los días. Uno de los personajes políticos más buscados, Bruno Pacheco, se entregó esta semana a la justicia. Hasta la fecha se conoce que desearía acogerse a la figura de colaborador eficaz para evitar la prisión preventiva. No obstante, para ello, tendría que revelar información que supere lo expuesto por otros colaboradores como Zamir Villaverde.
Una de las polémicas que ha desencadenado esta nueva situación política es el futuro del presidente Pedro Castillo. Diversos parlamentarios han puesto sobre la mesa, nuevamente, la figura de la vacancia por incapacidad moral. Abogados constitucionalistas conversaron con Infobae y dieron a conocer su opinión sobre la posible próxima situación legal del jefe de Estado.
Una de las figuras más controversiales —y utilizadas— durante los últimos años es la incapacidad moral permanente, recurso interpuesto ante el expresidente Martín Vizcarra en el 2019. De acuerdo al constitucionalista Heber Campos en esta ocasión y ante Pedro Castillo podría justificarse adecuadamente una moción de vacancia. Sin embargo, el especialista recalcó que las iniciativas legales que se tomen deben basarse en las declaraciones que dará Bruno Pacheco.
“Yo creo que va a depender mucho de cuál sea el nivel de detalle y el nivel, sobre todo, de corroboración de las cosas que diga Pacheco. Si es que estas incriminan de forma directa, me parece que eso de todas maneras daría pie a que el Congreso ejerza sus funciones de contrapeso político. Ahí tiene varias opciones. Por ejemplo, optar por la figura de la vacancia por incapacidad moral permanente, Esta vez con basamento en en esas declaraciones y en esas pruebas podría optar por el camino, incluso, de una suspensión. Tienen varias alternativas, pero todo va a depender de cuál sea el alcance y el nivel de detalle de las declaraciones que haga Pacheco”, señaló.
Por otro lado, el abogado Omar Cairo indicó que la suspensión de la función presidencial no es un camino totalmente viable, pues se trata de una suspensión momentánea. Para el experto, una sanción legal solo es posible en caso exista una prueba de que el Jefe de Estado ha incurrido en un delito que contraviene la Constitución Política del país.
“Si se le acusa de alguno de los cuatro delitos que menciona el artículo 117 de la Constitución que son: traición a la patria, impedir las elecciones, impedir la reunión de los órganos electorales, el Congreso puede realizar un antes de juicio para autorizar su procesamiento en el Poder Judicial. Estoy hablando del presidente durante su mandato, pero si se le acusa de cualquier otro delito durante su mandato, solamente se le va a poder procesar después de que este termine”, explicó.
Por su parte, el constitucionalista Alejandro Rospigliosi precisó que en este caso debe actuar la Fiscal de la Nación y el Congreso de la República para evaluar las formas de destituir al presidente. Para el letrado, una de las salidas a esta crisis es aplicar la figura de vacancia por incapacidad moral permanente.
“Yo considero que es importante que la Fiscal de la Nación remita todas las pruebas que ha encontrado hasta la fecha y el Congreso presente una moción de vacancia. Con 87 votos en un debido proceso se podrá garantizar la salida de Castillo. Es la única válvula de escape [...] se sabe que el señor Castillo ha incurrido en delitos contra la justicia y no solamente votarlo al ministro del Interior. Acaba de filtrarse que la fuga del señor Pacheco fue por órdenes del presidente Castillo. Entonces, vamos más obstrucción a la justicia, a dónde quiere más pruebas cada día que pasa señor Castillo del poder está obstruyendo la investigación”, refirió.
Finalmente, el abogado constitucionalista Erick Urbina enfatizó que es necesario que las autoridades correspondientes tomen medidas que garanticen la correcta investigación a Pedro Castillo durante y después de su mandato, pues podría existir el riesgo de una fuga.
“Yo creo que lo que veremos en los próximos días es a una fiscal de la Nación que pida a la Corte Suprema algún tipo de restricción al al Presidente de la República. Por ejemplo, alguna detención de su viajes al exterior, porque él podría abandonar el territorio nacional pidiendo un permiso al Congreso para un evento de fuera o acudir a una embajada en lo que fuese”, dijo.
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