Congreso oficializa ley que modifica consejo directivo de Sunedu pese a nulidad del Poder Judicial

El consejo directivo pasará de tener cinco a siete integrantes, compuesto por un representante del Minedu, otro de Concytec, uno de Sineace, del Consejo Nacional de Colegios Profesionales, dos de universidades públicas, y uno de privadas.

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La autógrafa de ley aprobada, debilita la autonomía de la Sunedu. Foto: Andina
La autógrafa de ley aprobada, debilita la autonomía de la Sunedu. Foto: Andina

Pese a que el Poder Judicial declaró nula la contrarreforma universitaria aprobada por el Congreso de la República, este jueves, el Legislativo oficializó la Ley 31520 que modifica el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

De acuerdo a la ley, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la norma señala que su objeto es restablecer la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política, a través de la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17 y 20 de la Ley Universitaria.

Como se recuerda, con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, el Congreso logró aprobar la autógrafa de ley que fue observada por el presidente Pedro Castillo Terrones, al tener en cuenta que es inconstitucional y atenta contra la imparcialidad, la autonomía e independencia funcional de este organismo.

SIETE INTEGRANTES

Así, el consejo directivo de la Sunedu pasaría de tener cinco a siete integrantes, compuesta por un representante del Ministerio de Educación, otro del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec).

Además, habría un representante del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), del Consejo Nacional de Colegios Profesionales, dos de las universidades públicas, y uno de las casas de estudios privadas.

Esta nueva composición del consejo directivo elegirá al superintendente de la Sunedu por un periodo de tres años, y este no podrá ser reelegido.

Por otro lado, se publicó la ley que declara de interés nacional la creación de universidades públicas y filiales descentralizadas en cada departamento del país, según su demanda educativa y laboral.

La norma establece que este beneficio se otorgará a aquellas casas de estudio que hayan obtenido el licenciamiento institucional.

Ambas leyes llevan la firma de la encargada de la Presidencia del Congreso, Lady Camones Soriano; y el segundo vicepresidente, Enrique Wong Pujada.

LEY NULA

Cabe indicar que, el pasado martes 19 de julio, el Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo presentada por la Sunedu contra la ley, aprobada por el Congreso, que modifica varios artículos de la Ley 30220 (Ley Universitaria).

El documento señala como “Nulo el procedimiento legislativo orientado a la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17, 20, primera disposición complementaria final de la Ley N 30220″. Así lo indica la sentencia elaborada por la juez Milagros Marilyn Grajeda.

Por ello, la Corte solicita al Congreso “observar el contenido de las decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional”. La sentencia anula la decisión del Congreso tomada el miércoles 13 de julio, fecha donde se modificó el consejo directivo del Sunedu.

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