Este martes 19 de julio, entraron en vigencia los nuevos límites de velocidad para calles jirones y avenidas de zonas urbanas, así como para las carreteras, en su paso por centros poblados a nivel nacional, resaltó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en todas sus plataformas digitales. Este decreto cumplirá con nuevas sanciones en caso se excedan los límites.
Desde ahora no se deberá sobrepasar los 30 km/h en las calles y jirones (antes era 40 km/h), según el Reglamento Nacional de Tránsito, actualizado con el Decreto Supremo 025-2021-MTC aprobado en julio 2021. Esto mismo se aplica en las avenidas, donde no se deberán superar los 50 km/h (antes era 60 km/h).
Además, la norma señala también que reducir la velocidad en las vías urbanas y reconocer al ciclista como usuario vulnerable, constituyen los primeros pasos para afianzar la importancia de la movilidad activa, sobre todo en el contexto de la nueva normalidad que abordan Lima y Callao por efecto de la COVID-19. Los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados y/o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, hospitales o zonas escolares son los siguientes:
a) En zonas comerciales: 30 km/h.
b) En zonas residenciales: 50 km/h.
c) En zonas escolares/hospitales: 30 km/h.
SANCIONES
En el Perú los accidentes por exceso de velocidad entre el 2010 y el año pasado representaron un 30.5% del total de accidentes de tránsito, según información del Observatorio Nacional de Seguridad Vial. Exactamente, en el 2021, las muertes de usuarios vulnerables como peatones, ciclistas, motociclistas, entre otros, en las vías representaron el 62.2% de las muertes. La velocidad alta en las vías está asociada directamente con el incremento de lesiones y muertes. Además de mayores probabilidades de siniestros de tránsito.
Por estos motivos, desde ahora, si se supera el límite máximo establecido, se impondrá la sanción de forma gradual y de acuerdo a la Unidad Impositiva Trubutaria, que está valorizada actualmente S/4,600. Por ejemplo, si el piloto se excede hasta 10km/h por encima del límite conlleva una sanción de 18% de una UIT (792 nuevos soles) y 50 puntos negativos en el récord del conductor. Excederse entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite acarreará una sanción equivalente al 24% de una UIT (1,104 nuevos soles) y acumulará 60 puntos en contra en su historial. Finalmente, superar el límite máximo en más de 30 km/h ocasionará una multa equivalente al 50% de una UIT (2,300 soles) y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor.
Además, según se puede leer en el Decreto Supremo, las entidades competentes como las municipalidades provinciales y distritales tuvieron un año para adecuar su señalización. A los que no lo han realizado por el momento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones exhortó a cumplir con la implementación de la señalización adecuada. También se recomienda la mejora de las vías para garantizar velocidades seguras y la implementación de fiscalización electrónica.
SIGUE LEYENDO
Cómo acceder a una beca universitaria en Estados Unidos