¿Quién es Marita Barreto, la coordinadora de fiscales contra la corrupción del poder?

En su momento investigó a la organización criminal liderada por Rodolfo Orellana y llegó a tener 408 investigados en este caso. Además, logró la captura del “camarada Artemio”.

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Fiscal superior provisional Marita Barreto Rivera asume el cargo. | Foto: Ministerio Público
Fiscal superior provisional Marita Barreto Rivera asume el cargo. | Foto: Ministerio Público

El último martes, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder (Eficcop) el cual tendrá como coordinadora a la fiscal Marita Barreto Rivera.

Benavides señaló que este equipo desarrollará investigaciones estratégicas con orden, especialización, eficiencia, eficacia y celeridad.

¿QUIÉN ES MARITA BARRETO?

En sus primeras declaraciones, Barreto señaló que el objetivo de su equipo es hacerle frente y de manera radical a la lucha contra la corrupción de funcionarios públicos, tanto de alto nivel como de niveles medios. “Lo que sí puedo garantizar es que la corrupción en el poder nunca más ¡nunca más!”, dijo.

Lo que se trata de ver son casos complejos vinculados al poder político. La experiencia ha enseñado es que al haber dispersión de investigaciones podrían haber decisiones contradictorias o dilaciones innecesarias en las investigaciones. Es por eso que la fiscal de la Nación ha decidido conformar este equipo para unificar estas investigaciones”, añadió, según cita el diario El Comercio.

Barreto no descartó la posibilidad de asumir las investigaciones por el caso Tarata, que se encuentra en el despacho de la fiscal Karla Zecenarro, así como el de lavado de activos en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a cargo de la fiscal Luz Taquire.

Los procesos de colaboración eficaz, si bien es cierto, son independientes, devienen de una carpeta principal y esa es donde se desarrolla el proceso de colaboración. En consecuencia las investigaciones que pasen a conocimiento de este equipo especial pasarán también todos los procesos de colaboración eficaz para continuar con el trámite”, indicó en relación a los procesos de colaboración eficaz que siguen Karelim López y Zamir Villaverde.

NO INVESTIGARÁ A PEDRO CASTILLO

Por otro lado, Marita Barreto dejó en claro que su equipo especial no tiene la competencia para investigar al presidente Pedro Castillo, ya que por mandato constitucional, esa función le corresponde a la Fiscalía de la Nación.

Por ello, los casos contra el jefe de Estado continuarán a cargo de Patricia Benavides, la máxima autoridad del Ministerio Público, Patricia Benavides.

Del mismo modo, Barreto tampoco podrá investigar a ministros, congresistas, al Defensor del Pueblo, miembros del Tribunal Constitucional y miembros de la Junta Nacional de Justicia.

CARRERA DE MARITA BARRETO

Marita Barreto trabaja en el Ministerio Público desde hace 17 años, e inició como fiscal adjunta provincial provisional en el Módulo de Justicia de San Juan de Miraflores.

En 2014 fue designada como fiscal provisional en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos Y Pérdida de Dominio.

Al año siguiente, ganó su plaza como fiscal titular penal laborando en fiscalías para lavado de activos.

Investigó a la organización criminal liderada por Rodolfo Orellana y llegó a tener 408 investigados en este caso. En el 2019 solicitó 35 años de cárcel contra Orellana.

Además, cuando se desempeñaba como fiscal antiterrorismo adjunta logró, junto a la Policía, la captura del cabecilla narcoterrorista del Huallaga Florindo Flores Hala, alias “camarada Artemio”.

EFICCOP

Cabe señalar que el Eficcop tiene el encargo específico de obtener resultados eficaces y rápidos en las investigaciones a los funcionarios involucrados en delitos de corrupción de funcionarios, criminalidad organizada, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos y conexos.

Con esa finalidad tendrá competencia en aquellas investigaciones que actualmente son parte de dos o más subsistemas especializados. También se podrá dedicar al conocimiento de los hechos cometidos por los funcionarios, previos a la obtención de poder por elección popular o designación.

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