¿Cómo asegurar a mi pareja, esposo o conviviente en EsSalud?

Recuerda que no solo puedes asegurar a tu pareja, sino también a los hijos menores de edad. Conoce los pasos en esta nota.

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¿Cómo asegurar a mi pareja, esposo o conviviente en EsSalud? Foto: EsSalud
¿Cómo asegurar a mi pareja, esposo o conviviente en EsSalud? Foto: EsSalud

El Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud) es una de las principales entidades que velan por la salud de los peruanos. Según se sabe hasta marzo del 2021, dicho seguro albergaba alrededor de 11,8 millones de aportantes.

Cabe resaltar que la mayoría de trabajadores formales están inscritos en EsSalud, y que su inscripción puede beneficiar a sus parejas e hijos menores de edad.

PASOS PARA ASEGURAR AL ESPOSO O ESPOSA EN ESSALUD

Si bien, esta afiliación la hace el empleador de manera inmediata al solicitar los documentos al empleado (a), puede suceder que el asegurado inicie sus labores sin haber contraído matrimonio, y luego de un tiempo casarse. De ser así, entonces deberá de realizar los siguientes pasos para asegurar a su pareja matrimonial.

Requisitos:

- Llenar correctamente y de forma pulcra el documento “N° 1010 - Formulario Único de Registro” (haz clic aquí).

- DNI propio y el de la pareja matrimonial (adiciona una copia de cada uno).

- Copia de la partida matrimonio civil que no sea mayor a los tres meses.

Una vez obtenidos todos los documentos, deberás de llevarlos al empleador para que él lleve a cabo toda la gestión y afiliación.

También puedes llevar la documentación al centro de salud o policlínico al que perteneces y continuar con los pasos que ellos te indiquen.

¿Cómo sacar una cita en EsSalud? Conoce los pasos y quiénes pueden solicitarla. Créditos: Gobierno del Perú.
¿Cómo sacar una cita en EsSalud? Conoce los pasos y quiénes pueden solicitarla. Créditos: Gobierno del Perú.

PASOS PARA ASEGURAR AL CONVIVIENTE EN ESSALUD

Al igual que en el caso anterior, el empleador podrá efectuar este trámite, pero recuerda que si tu convivencia no está registrada en Sunarp, no podrás realizar esta afiliación adicional. Pero si ese no es tu caso, y ambos son reconocidos como convivientes en los registros públicos, entonces debes de seguir los siguientes pasos:

- Reúne todos los requisitos, entre ellos, el Formulario Único de Registro - N° 1010 correctamente llenado, el DNI personal de los convivientes y la copia del documento de Reconocimiento de la unión de hecho por Resolución Judicial o Escritura Pública.

Para registrar al o la conviviente debes de presentar toda la documentación al empleador o acercarte al centro de salud que te asignó EsSalud.

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A QUIÉNES SE PUEDE AFILIAR AL SEGURO DE ESSALUD

El o la aportante solo podrá afiliar a las siguientes personas: esposo (a), conviviente e hijos menores de 18 años.

Recuerda que al obtener la mayoría de edad, cada uno deberá de continuar con un aporte personal. En el caso de que trabajen para una empresa, esta estará en la obligación de asegurarlos.

EsSalud.
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DESDE CUÁNDO SE PUEDE UTILIZAR EL SEGURO DE ESSALUD

Tanto el aportante directo, como los afiliados (cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 años) podrán hacer uso del seguro de EsSalud a partir del tercer mes de aportes.

¿QUÉ CUBRE EL SEGURO DE ESSALUD?

La cobertura de EsSalud incluye lo siguiente: servicios de prevención, evaluación, inmunización, atención médica ambulatoria y de hospitalización, medicinas e insumos médicos, prótesis, aparatos ortopédicos imprescindibles, servicios de rehabilitación.

También cubre los gastos por maternidad, es decir, cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, postparto y cuidado del recién nacido.

Además, las prestaciones económicas como la pérdida económica derivada de la incapacidad temporal para el trabajo también es parte de la cobertura de EsSalud, junto con los gastos de servicios funerarios por la muerte del asegurado titular.

EsSalud.
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Recuerda que para cualquier consulta puedes comunicarte a la central de EsSalud: 01 411-8000

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