Congreso aprobó nuevo cronograma del proceso de elección de Defensor del Pueblo

Seis votos a favor de la comisión especial dieron luz verde al plan que iniciará este viernes 1 de julio.

Guardar
Congreso aprobó nuevo cronograma del proceso de elección de Defensor del Pueblo
Congreso aprobó nuevo cronograma del proceso de elección de Defensor del Pueblo

Luego de un cuestionado proceso, el Congreso tuvo que reiniciar la búsqueda del próximo defensor o defensora del Pueblo. Es así que la comisión especial encargada de selección de candidatos puso a votación un cronograma de trabajo que finalmente fue aprobado con 6 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones. El nuevo proceso iniciará este viernes 1 de julio y seguirá hasta mediados de agosto.

Fredy Díaz de Alianza para el Progreso encabeza el grupo de trabajo que aprobó la medida, la misma que contempla la publicación de lineamientos, presentación de candidatos por parte de las bancadas, estudio de los mismos, publicación de hojas de vida, entrevistas, entre otros. El cronograma se realizará de la siguiente manera.

El Congreso debe elegir al sucesor de Walter Gutiérrez.
El Congreso debe elegir al sucesor de Walter Gutiérrez.

Viernes 1 de julio: publicación de lineamientos y cronograma en tres diarios de circulación nacional, en la página web de la Comisión Especial y del Congreso de la República.

Del lunes 4 al miércoles 6 de julio: los grupos parlamentarios presentarán a sus candidatos invitados (aceptación de invitación, declaración jurada simple y hoja de vida). Las propuestas pueden efectuarse de manera presencial o virtual a través del correo de la Comisión Especial: comisionespecialdp@congreso.gob.pe.

Jueves 7 de julio: estudio, por cada titular de la comisión especial, de las hojas de vida, informes de Contraloría realizados a las declaraciones juradas presentadas por cada postulante a candidato apto, y demás documentos.

Viernes 8 de julio: publicación de hojas de vida de cada postulante a candidato apto en tres diarios de circulación nacional, en la página web de la Comisión Especial y del Congreso de la República.

Lunes 11 y martes 12 de julio: presentación de tachas acompañadas de prueba documental y denuncias debidamente fundamentadas, de manera presencial o virtual (correo de la Comisión Especial) en horario laboral (9:00 a 17:00 horas), referidas a cuestionar el incumplimiento de alguno de los tres requisitos exigidos en el artículo 2 de la Ley 265290, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. No son admisibles tachas referidas a cuestionar decisiones jurisdiccionales. La presentación de tachas se realiza en formato de la Comisión Especial.

Del lunes 11 al miércoles 13 de julio: notificación al postulante tachado o denunciado a su correo electrónico.

Entre el jueves 14 y sábado 16 de julio: la presentación del descargo del postulante tachado o denunciado.

Del lunes 11 al miércoles 13: acceso de los postulantes propuestos al sistema de la Contraloría General de la República y presentación de declaración jurada ante esta entidad.

Jueves 14 de julio: remisión por la Contraloría General de la República a la Comisión Especial de la lista de postulantes a candidatos aptos que cumplieron y los que no cumplieron con presentar su declaración jurada.

Entre el lunes 18 al miércoles 20 de julio: resolución de tachas y denuncias por la Comisión Especial en instancia única y definitiva.

Jueves 21 de julio: notificación de lo resuelto.

Del miércoles 13 al martes 26 de julio: análisis, elaboración y remisión de los informes por la Contraloría General de la República, realizados a las declaraciones juradas presentadas por cada postulante a candidato apto.

Del miércoles 3 de agosto al jueves 4 de agosto: entrevista personal a cada postulante a candidato apto.

Viernes 5 de agosto: sesión de la Comisión Especial para la votación de cada postulante a candidato apto.

Lunes 8 de agosto: presentación de la propuesta del candidato apto y publicación de esta en la página web de la Comisión Especial y del Congreso.

A partir del martes 16 de agosto: fecha de inicio de la habilitación para la elección del defensor del Pueblo por el Pleno del Congreso.

SEGUIR LEYENDO

Guardar