¿Cómo poner una demanda por alimentos?

Conoce cómo efectuar el trámite online si el padre o la madre no cumple con su obligación de pasar la manutención a su hijo o hija.

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Este es el proceso que debes realizar para presentar una demanda por alimentos virtual en Perú. Créditos: Gob.pe.
Este es el proceso que debes realizar para presentar una demanda por alimentos virtual en Perú. Créditos: Gob.pe.

En Perú existen determinados procesos que tienen como finalidad que los beneficiarios obtengan lo indispensable para cubrir sus necesidades básicas, desde la alimentación, salud, educación, vestimenta, entre otros que permitan su adecuado estilo de vida.

Entre ellos se encuentra la demanda por alimentos, que puede ser presentada por cualquiera de los progenitores, de ser el caso. Con el avance de la tecnología, en la actualidad, este trámite se puede efectuar de manera virtual, sin necesidad de acudir de forma presencial. Conoce toda la información para realizarlo por la vía legal.

¿CÓMO PRESENTAR DEMANDA DE ALIMENTOS VIRTUAL PERÚ?

En marzo de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el formulario electrónico “Ingreso virtual de demanda de alimentos”, el cual permite una celeridad en este proceso, además de facilitar el trámite a los usuarios ya que se realiza de manera virtual.

El proyecto se ha implementado de manera gradual en las 34 cortes del país. Para marzo del 2022 se sumaron los organismos de Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Del Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali.

¿Cómo hacer una demanda por alimentos virtual?

La plataforma está puesta al servicio de las madres y padres, ofreciendo un servicio de ingreso virtual para demandas en casos de pensión de alimentos y aumento de la misma para menores de edad y adultos. También se incluyen las demandas acumuladas de filiación judicial y de paternidad extramatrimonial de alimentos.

El sistema facilita al/la demandante presentar la demanda sin necesidad de contar con un abogado.
Demanda por alimentos virtual.
Demanda por alimentos virtual.

Para registrar el trámite se deben cumplir los siguientes pasos:

- En la página web del Poder Judicial del Perú, el usuario podrá seleccionar el tipo de demanda de alimentos a presentar.

- Completa los datos solicitados del o los alimentistas (como el número de DNI, nombre del niño/a o adolescente, padre/madre biológico/a y obligado alimentario, domicilio del demandado, dónde trabaja, el petitorio, entre otros)

- Ingresa esa información en la sección “Medios probatorios” y adjunta los documentos solicitados.

- Cuando se valide la información ingresada, recibirás un número único de caso (NUC). Con este, podrás descargar el resumen de la demanda en formato PDF.

Para conocer el estado de la demanda, vuelve a ingresa a la web, elige la opción “Consulta” e ingresa los últimos cuatro dígitos del NUC.

¿CUÁNTO DEMORA UNA DENUNCIA POR ALIMENTOS?

Cabe precisar que dependerá de varios factores, desde los documentos presentados por ambas partes hasta el tiempo que puede durar cada proceso. Por lo general, no debería exceder de los seis meses.

¿Cuánto dura el proceso de alimentos? Aproximadamente puede tardar hasta seis meses, aunque en algunos casos podría extenderse. Para conocer cómo va tu proceso, puedes acercarte a las oficinas de la Defensoría del Pueblo o comunicarte al número 0800-15-170.

¿CUÁNTO TIEMPO TARDAN EN NOTIFICAR UNA DEMANDA DE PENSIÓN ALIMENTICIA?

Tomando como referencia el Artículo 167-A, sobre el contenido del auto admisorio para la demanda de alimentos, la fecha y hora para la realización de la audiencia única, la misma que no deberá ser posterior a los diez días de notificada la demanda a las partes.

Demanda por alimentos virtual.
Demanda por alimentos virtual.
Se notifica a las partes en el domicilio real y a través de la casilla electrónica y, de ser el caso, por correo electrónico o aplicaciones de servicios de mensajería instantánea, para que conteste en 05 días hábiles.

El Artículo 173-A, que indica la sentencia y apelación en el proceso de alimentos, precisa que el Juez, dentro de los tres días siguientes de emitirse la parte resolutiva, notifica por escrito a las partes el íntegro de la sentencia.

¿QUÉ PASA SI EL DEMANDADO NO CONTESTA LA DEMANDA DE ALIMENTOS?

El Artículo 3 de la Ley que simplifica las Reglas de Proceso de Alimentos precisa que, si el demandado no concurre a la audiencia única, a pesar de haber sido emplazado válidamente, el Juez debe presentar la sentencia en el mismo acto atendiendo a la prueba actuada.

¿CUÁNTO LE CORRESPONDE A UN HIJO DE PENSIÓN ALIMENTICIA EN PERÚ?

El cálculo de la pensión de alimentos se realiza en función a los ingresos del demandado/a. Se tiene en consideración el porcentaje máximo a abonar, el cual es del 60 %, de acuerdo a lo indicado en el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil.

Demanda por alimentos virtual.
Demanda por alimentos virtual.

¿CUÁNTO COBRA UN ABOGADO POR CASO DE ALIMENTOS EN PERÚ?

Tener a un abogado como representante para el proceso de Demanda de Pensión de Alimentos, los profesionales pueden cobrar entre S/ 1000 a S/ 2000.

Si no tienes los recursos económicos, el Poder Judicial tiene formatos para ayudar en la realización de este trámite gratuito, el cual no requiere la firma de un abogado de manera obligatoria.

¿CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EN PERÚ?

Es importante indicar que la evaluación se realiza en beneficio del menor. En caso de que este no posea algún tipo de enfermedad o dificultas, la pensión de alimentos a recibir es del 20 % de lo que recibe el padre de familia demandado por sus ingresos.

El monto puede aumentar si es que el hijo o hija requiere algún tipo de atención especial o su salud se encuentra delicada, por ejemplo, desnutrición o alguna incapacidad.

¿CUÁNTO DEBE PASAR UN PADRE A SU HIJO EN PERÚ?

El porcentaje asignado dependerá de los ingresos del demandado y de lo que se pueda probar con los documentos oficiales de su economía personal. Aquellos que están en planilla, el monto puede ser equivalente al 20 % o 30 % del sueldo.

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