¿Cómo emitir boletas y facturas electrónicas Sunat?

Todo lo que debes saber para cumplir con tus obligaciones tributarias con la SUNAT.

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En estas épocas en que la tecnología es de gran utilidad para nuestra vida diaria, también lo es a la hora de cumplir nuestras responsabilidades como buenos ciudadanos. Y es que, por cada compra que hagamos en cualquier negocio, sin importar si es chica o grande, siempre debemos exigir nuestra boleta o factura, según sea el caso.

Pero si somos nosotros los obligados a emitir, es bueno es saber el procedimiento para no caer en errores. Por eso hoy te vamos a mostrar cómo emitir boletas y facturas electrónicas desde la SUNAT.

(SUNAT)
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BOLETAS ELECTRÓNICAS

Para ser emisor electrónico y acceder al portal de SUNAT, deber contar es con tu usuario, clave SOL y domicilio fiscal habido para efectos del RUC. Los pasos a seguir son los siguientes:

Paso #1: Ingresa a la sección de Emisión de Boleta en el Portal SOL

Selecciona la opción de “Emisión Boleta Venta”. Para ingresar al sistema digita tu RUC, usuario y clave sol.

Paso #2: Agrega los datos del cliente

Este paso depende del valor de la boleta a emitir:

¿Es menor a S/ 700 soles?

Puedes registrar la boleta sin el documento del cliente.

¿Es mayor a S/ 700 soles?

Es necesario consignar el tipo y número de documento del cliente.

Paso #3: Agrega los detalles de los bienes y fecha de emisión

Ingresa la fecha de emisión.

Selecciona el tipo de moneda.

Solo de ser necesario, añade documentos relacionados en el siguiente orden:

Mostrar > Agregar documento

Agrega ítems dando clic en:

Mostrar > Agregar Items

Paso #4: Revisa la vista preliminar y emite la boleta

Ya tenemos la boleta electrónica, verifica los datos y da clic en Emitir. Para finalizar, puedes imprimir o descargar la boleta en PDF.

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FACTURAS ELECTRÓNICAS

El portal SOL de SUNAT permite emitir facturas gratis. Aunque a veces demora en cargar por la gran cantidad de usuarios del portal, sin embargo, es una buena opción para comenzar a emitir facturas.

Paso #1: Ingresa al Portal SOL

Ingresa al siguiente enlace:

Da clic en “Emisión factura”.

Luego, digita tu RUC, usuario y clave sol.

Paso #2: Ingresa el RUC del cliente. La SUNAT validará la razón social de manera automática.

Paso #3: Agrega los detalles de la venta

Esta es la parte principal, aquí crearemos la factura:

Ingresa la fecha de emisión.

Selecciona el tipo de moneda.

Valida el lugar de entrega.

Solo de ser necesario, añade documentos relacionados en el siguiente orden:

Mostrar > Agregar documento

Agrega ítems dando clic en:

Mostrar > Agregar Items

Paso #4: Emite la factura

Verás la factura preliminar, verifica los datos y clic en “Emitir”. Para finalizar, puedes imprimir o descargar la factura en PDF.

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¿CÓMO HAGO PARA EMITIR FACTURA O BOLETAS ELECTRÓNICA?

Para convertirte en emisor de cualquier comprobante de pago electrónico deberás reunir las siguientes condiciones:

Contar con código de usuario y clave SOL activa.

Tener la condición de HABIDO en el RUC

No encontrarse en el RUC en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.

¿Cómo se obtiene la calidad de emisor electrónico?

La calidad de emisor electrónico en este sistema se obtiene por designación de la SUNAT o por elección del contribuyente. En este último caso opera desde la emisión del primer comprobante de pago electrónico a través del sistema.

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A EMITIR BOLETAS ELECTRÓNICAS?

Todo aquel que tenga un negocio o empresa, deberá siempre emitir una factura electrónica para sustentar toso los costos, gastos y créditos fiscales en tu declaración anual.

La factura electrónica debe ser utilizada por los emisores electrónicos que se encuentren en el Régimen General, Régimen Mype Tributario, Régimen Especial de Renta, Régimen Agrario y Régimen de Cooperativas Agrarias.

Su principal característica es que siempre debe ser emitida a favor del comprador que cuente con RUC; salvo en el caso de las facturas electrónicas emitidas a sujetos no domiciliados por las operaciones de exportación.

¿CÓMO SABER SI MI RUC ESTÁ OBLIGADO A EMITIR FACTURAS ELECTRÓNICAS?

Con la finalidad de no cometer ningún delito es importante saber si debo emitir comprobantes electrónicos, pues esto nos permitirá evitar una infracción y de fondo también evitar la multa.

Actualmente hay dos maneras de saber la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos de los contribuyentes y son las siguientes:

1.- Mediante la plataforma “CONSULTA DE OBLIGADOS DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS”. Solo debes ingresar tu número RUC.

2.- Revisando los otros supuestos no considerados en el Padrón de Obligados.

(SUNAT)
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¿CÓMO SABER SI UNA PERSONA ESTÁ OBLIGADA A FACTURAR?

Según el portal de la SUNAT, están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.

¿CUÁNDO UNA PERSONA NATURAL ESTÁ OBLIGADA A FACTURAR?

En el caso de personas naturales sin negocio, la factura se emitirá de forma física en un formato pre impreso en papel obtenido de una imprenta autorizada por SUNAT.

Es requisito haberse inscrito previamente en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y contar con la Clave SOL, que se entrega gratuitamente a todas las personas que tienen RUC, en los Centros de Servicios al Contribuyente (CSC) de la SUNAT.

Los casos en que una persona natural –sin negocio- emite y entrega Factura:

· Cuando le pagan intereses por préstamos de dinero a empresas.

· Cuando le pagan regalías.

· Cuando le paguen por la cesión definitiva de marcas, patentes, regalías y otros.

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