Hoy, jueves 23 de junio, el Poder Judicial declaró infundado el recurso de casación presentado por el Ministerio Público, el cual solicitaba la prisión preventiva contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular. Este fallo significa que la excandidata a la presidencia podrá continuar el proceso de investigación por el caso de los aportes a sus campañas presidenciales en los años 2011 y 2016 en libertad. Tras la decisión del PJ, la investigada aseguró que su prisión preventiva en el 2020 fue injustificada.
Keiko Fujimori Higuchi celebró el fallo de la Corte Suprema de Justicia que evita su ingreso, una vez más, a un penal del Perú. Mediante redes sociales, la hija del expresidente Fujimori expresó su satisfacción ante la decisión del ente judicial.
“La Corte Suprema ha desestimado la última maniobra de los fiscales que sostenían que mi apelación se presentó fuera de plazo. Con eso termina su pretensión de que yo vuelva a prisión por cuarta vez”, indicó mediante Twitter.
Asimismo, en otro pronunciameiento, Fujimori Higuchi aseguró que la acusaciones fiscales en su contra no tendrían fundamentos sólidos para solicitar su regreso a la cárcel y calificó su prisión preventiva de hace dos años como “injusta”.
“Este es un gran paso a favor del debido proceso. La Corte Suprema ha rechazado las acciones infundadas de un fiscal que, como no tiene elementos sólidos en mi caso, insiste con pedidos que no tienen sustento. Día a día se va confirmando que mi prisión preventiva fue injusta”, agregó en otro mensaje en la red social mencionada.
Con esta decisión, Keiko Sofía Fujimori Higuchi continuará enfrentado la acusación liderada por el fiscal José Domingo Pérez. Esta se realiza por el presunto delito de lavado de activos, organización criminal, entre otros, por los cuales, el fiscal a cargo solicita 30 años y 10 meses de prisión en su contra.
ABOGADA DE KEIKO ASEGURA QUE NO HABRÍA PELIGRO DE FUGA
Keiko no fue la única en pronunciarse sobre la decisión de la Corte Suprema. Giulliana Loza, su representante legal, comentó respecto a los plazos en los que la defensa impugnó el pedido de la Fiscalía.
“Lo que la Corte Suprema ahora ha establecido, siguiendo el criterio que ya se había definido en el acuerdo plenario del 2019, es que el plazo para impugnar las resoluciones de prisión preventiva se contabilizan desde el momento que: o te entregan el acta, donde mínimamente se encuentre el resumen de los principales argumentos de la decisión que conlleva la orden de prisión, o te entregan el acta digital en completo. En nuestro caso, el acta nos fue entregado con nueve días posteriores a la decisión. Más allá de todo, siempre llegamos a impugnar dentro del plazo correspondiente”, aseguró en entrevista a Canal N.
Además, la funcionaria aseguró que esta sería el último recurso que pudo haber utilizado la Fiscalía en contra de su patrocinada. En esta línea, aseguró que el Ministerio Público no podrá impugnar el fallo porque “esta decisión es la última instancia”.
La jurista también comentó respecto a la prisión preventiva contra Keiko Fujimori e indicó que la Fiscalía no la solicita debido a que no habría algún peligro de fuga. ”La Fiscalía no ha requerido una prisión preventiva porque no hay fundamento alguno para requerirla. No hay un peligro de fuga, no hay un peligro de obstrucción latente”, aseveró en la entrevista.
Asimismo, señaló que las apelaciones que ha realizado el fiscal a cargo han sido “subsanaciones” de los recursos presentados contra su investigada. Loza asegura que no se habrían presentado los elementos de convicción con fallas, incompletos, fallas de audios y videos, entre otros. Finalmente, la abogada detalló sobre las limitaciones que tendría la investigada y sus facultades políticas.
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