Aprende a ser reconocido como heredero legal si es que no te dejaron nombrado en un testamento

Ante un hecho fortuito, un testamento puede evitar futuros conflictos en la familia. Sin embargo, hay salidas en caso no se cuente con este documento.

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(Freepik)
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La falta de costumbre en el Perú de no hacer un testamento podría traer problemas. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) indica que hay un documento para que esto no necesariamente sea así, ya que existe un documento llamado ‘sucesión intestada’.

Este formato lo puedes tramitar ante la ausencia o invalidez de un testamento con la finalidad de inscribir legalmente y poder acceder a la herencia en cuestión. Eso sí, para poder comenzar a hacer los trámites debes ser un familiar directo de la persona fallecida.

De acuerdo con información de la SUNARP, de enero a mayo de este año se han presentado un total de 66,884 sucesiones intestadas en todo el Perú. Lima, Arequipa y La Libertad son las regiones que más casos han presentado.

¿QUÉ ES LA SUCESIÓN INTESTADA?

Con este documento se puede designar a quienes serán los herederos legales de las personas que partieron de este mundo sin dejar un testamento. O en caso el mismo haya sido declarado nulo, inválido o caduco.

Todo se realiza ante la presencia de un notario público o juez de paz letrado del lugar del último domicilio legal del fallecido.

Lo ideal es no llegar a este penoso momento y dejar listo un testamento ara evitar conflictos familiares en el futuro

¿QUIÉNES SON LOS HEREDEROS?

En primer lugar los esposos, convivientes, hijos o padres. En caso ya no exista ninguna de ellos, otros familiares de sangre como hermanos, tíos y sobrinos pueden tener la calidad de herederos legales con derecho a la herencia.

¿CÓMO SE SOLICITA?

Lo puedes hacer por la vía notarial o judicial, presentando todos los requisitos que correspondan.

Si eliges el camino notarial, tienes la opción de realiza el ingreso de documentos a la Sunarp de manera presencial o virtual a través de su plataforma digital SID-Sunarp (Sistema de Intermediación Digital).

Solo vas a necesitar que los documentos que vas a presentar tengan la firma digital de un notario.

Desde el ente, explican que el parte notarial podría ser presentado por un tercero distinto a un notario. Eso sí, todo queda bajo responsabilidad del solicitante.

Vale recalcar que si este fuera el caso, el notario deberá consignar el nombre completo y número de DNI de la persona que se encargará de la tramitación. Y sus datos entrarán al Módulo Sistema Notario.

¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN?

El llamado Parte notarial de la sucesión intestada se presenta con la firma de un notario para esta gestión.

Pero para poder tener acceso a él primero se necesitan los siguientes documentos:

· Partida de Nacimiento para acreditar el grado consanguineidad con el fallecido.

· Acta de matrimonio o Registro de Convivencia, según sea el caso.

· Acta de defunción.

Estos documentos reciben el nombre técnico de relación de entroncamiento o forma de acreditar parentesco con una persona fallecida.

De cualquier otra manera, el trámite queda trunco y no se podrá inscribir ningún bien hasta que se subsane cualquier error.

CUÁNTO ME CUESTA, CUÁNTO ME VALE

El único costo fijo en esta gestión son 22 soles, peros solo por la tasa registral por la calificación de inscripción de la sucesión intestada.

Está claro que este monto no incluye los honorarios de abogados, gastos notariales ni costos por la emisión u obtención de los documentos previos a esta etapa.

Pero en una rápida investigación de mercado, podemos decir que los costos fluctúan entre los mil y dos mil soles, siempre dependiendo del lugar donde realices el trámite y la zona por donde vivas.

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