Por segunda vez, el Gobierno aplazó la ley que establece la comercialización de solo dos tipos de gasolinas y gasoholes a escala nacional. Ya no será desde el 1 de julio ni el 30 de agosto, sino desde el 1 de enero de 2023, así lo dispone el Decreto Supremo N.° 006-2022-EM que posterga la entrada en vigencia de esta medida, con el propósito de no afectar la economía de las familias peruanas ante la crisis energética mundial.
El documento publicado en la edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano dispone la modificación del artículo 1 del Decreto Supremo N.° 014-2021-EM, el cual establecía el uso y venta de gasohol regular, gasolina regular, gasohol premium y gasolina premium desde el 1 de julio próximo.
La norma también modifica el artículo 2 del dicho decreto supremo y ahora establece que a partir del 2023 se comercializará gasolinas y gasoholes con bajo contenido de azufre.
¿QUÉ TIPOS DE GASOLINA SE VENDERÁN?
El Decreto Supremo realiza la siguiente modificación en la venta de gasolina o gasohol y se venderán solo estos dos tipos:
- Gasolina Regular: comprende la gasolina de 84 y 90 octanos, y será de 91 octanos.
- Gasolina Premium: agrupa la gasolina de 98, 97 y 95 y tendrá la denominación de 96 octanos.
En el artículo 1.2. se establece además que “las máquinas dispensadoras de Gasolina o Gasohol en los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles están identificadas con el color correspondiente y la letra G en mayúsculas, seguida del tipo de gasolina o gasohol correspondiente”.
En tanto, el artículo 2 establece el uso y la comercialización de combustibles con bajo contenido de azufre no mayor de 50 ppm, de acuerdo a este cronograma:
Se entiende como gasolinas y gasoholes de bajo octanaje a aquellas cuyo octanaje sea menor a 95 octanos.
¿POR QUÉ CAMBIA LA FECHA?
El cambio en la fecha toma en cuenta que desde finales de 2021 se ha presentado un considerable aumento del precio de los combustibles a nivel internacional, el cual se ha acentuado durante el 2022 debido a la invasión de Rusia a Ucrania.
Así, entre los argumentos que sustentan el Decreto Supremo N.° 006-2022-EM se indica que en el contexto internacional la norma “puede impactar en la economía de los consumidores actuales de los combustibles; circunstancia que se agravaría ante la migración hacia el uso y comercialización de las gasolinas y gasoholes Regular y Premium”.
Cabe señalar que el Decreto Supremo N.° 014-2021-EM que disponía la venta de solo dos tipos de gasolinas y gasoholes fue promulgada en mayo del 2021, meses antes de que empiece el gobierno del presidente Pedro Castillo.
La actual norma lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Castillo; y de los ministros de Energía y Minas, del Ambiente, de Transportes y Comunicaciones, y del Ministro de Economía y Finanzas.
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