Plantean que universidades e institutos privados con fines de lucro paguen impuestos

El proyecto de ley fue presentado en el Congreso por el parlamentario Guido Bellido y propone modificar el artículo 19 de la Constitución para que el Estado tenga más ingresos.

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| Foto: Agencia Andina
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Guido Bellido, congresista de Perú Libre, presentó el lunes 20 de junio una iniciativa legislativa que plantea modificar el artículo 19 de la Constitución Política del Perú, para que todas las instituciones educativas (universidades, institutos y otras) privadas con fines de lucro estén obligadas a pagar impuestos, según un proyecto de ley presentado en el Congreso de la República.

El objetivo de esta propuesta es recaudar recursos económicos para enfrentar los impactos ocasionados por la pandemia de COVID-19 y mejorar y hacer sostenible la calidad de los servicios que brinda el Estado.

SUSTENTO DEL PROYECTO

El proyecto precisa que las universidades, institutos superiores y demás centros educativos públicos gozan de inafectación de todo impuesto directo e indirecto que afecte sus bienes, actividades y servicios.

El año 2014 se publicó la Ley Universitaria 30220 que introdujo la universidad privada lucrativa al lado de la universidad privada asociativa”, señala el proyecto y refiere que hubo un amplio incremento de universidades privadas en los últimos años que debe evaluarse.

También se hace referencia a un “exceso de beneficios y blanda regulación por parte del Estado”, el cual habría sido “el caldo de cultivo para la problemática generada por el surgimiento de universidades de régimen privado que han producido perjuicios a miles de estudiantes y padres de familia cuando sus licenciamientos fueron denegados por la Sunedu”.

Sin embargo, se indica que las donaciones y becas con fines educativos para las instituciones educativas públicas y privadas gozarán de exoneración y beneficios tributarios en la forma y dentro de los límites que fije la ley.

PROPUESTA DE LEY

La ley establece los mecanismos de fiscalización a los cuales se sujetan las instituciones educativas públicas y privadas, así como los requisitos y condiciones que deben cumplir los centros culturales que por excepción puedan gozar de los mismos beneficios.

Las instituciones educativas y culturales privadas sin fines de lucro también gozan de inafectación de impuestos directos e indirectos, a excepción de aquellos ingresos que por ley sean calificados como excedentes, las que estarán sujetas a la aplicación del impuesto a la renta.

Todas las instituciones educativas privadas con fines de lucro están obligadas a pagar todos los impuestos correspondientes conforme a su naturaleza.

De acuerdo al proyecto de Guido Bellido, esta medida contribuirá a la mejora de los servicios que brinda el Estado y fortalecerá la competitividad de las instituciones educativas estatales, en fiel cumplimiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos peruanos.

Figuran como coautores del proyecto del Ley los congresistas del grupo parlamentario Perú Libre: Quito Sarmiento, Bernardo Jaime; Gonza Castillo, Américo; Robles Araujo, Silvana Emperatriz; Portalatino Ávalos, Kelly Roxana; y Quispe Mamani, Wilson Rusbel.

Aquí puedes ver el proyecto de Ley completo:

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