Al estar en la calle muchas veces nos hemos cruzado con grupos de efectivos policiales que solicitan el DNI a los transeúntes para verificar la identidad de cada ciudadano, pero ¿Qué sucede con aquellos que no portan el DNI?, ¿puede la policía detener a aquellos que no se identifican?
Conocer más sobre qué es contemplado por la ley y qué no es necesario para hacer frente a casos como estos. Pero es necesario ponernos en contexto para entender.
POR QUÉ MOTIVO LA POLICÍA PIDE EL DNI
El motivo más frecuente es la identificación de las personas y forma parte de los llamados “operativos policiales”.
El ciudadano tiene el deber cívico de identificarse frente a la solicitud de la Policía Nacional del Perú (PNP), ya que esta actividad se desarrolla con el fin de prevenir delitos y faltas.
Recuerda que la ley faculta a la policía para verificar los datos de las personas en el sistema de requisitorias.
Los operativos son muy frecuentes en lugares donde hay una alta tasa de delincuencia.
CUÁL ES EL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN
La policía solicita el DNI al ciudadano. Una vez entregado, el efectivo revisa la información y de no contar con alguna requisitoria vigente, el ciudadano puede continuar transitando con normalidad.
¿QUÉ PASA SI NO TENGO MI DNI EN UN OPERATIVO POLICIAL?
De no contar con el DNI, lo ideal es que la policía utilice un aparato tecnológico donde pueda dar con la identidad del ciudadano, ya sea a través de la lectura de huellas u otro mecanismo conectado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), pero debido a la precaria logística desplegada a nivel nacional no siempre se da este escenario.
No obstante, la solución podría estar en la presentación de otro documento válido a nivel nacional que acredite la identidad de la persona.
También te puede interesar | Dígito verificador del DNI: ¿cuál es y para qué sirve?
¿QUÉ OTRO DOCUMENTO PUEDO PRESENTAR EN UN OPERATIVO?
Según Jesús Poma Zamudio, especialista en Derecho Policial, reveló lo siguiente en Lp Derecho.
El ciudadano exhibe su DNI u otro documento de identificación idóneo expedido por funcionario público (carnet universitario, licencia de conducir u otros). En casos de extranjeros, carnet de extranjería o pasaporte.
El policía debe de brindar facilidades para que el ciudadano encuentre el DNI, y lo presente. Por ejemplo, facilitar las llamadas telefónicas, usar el correo electrónico o inclusive conducir a la persona hacia el lugar donde está el documento de identificación.
Asimismo, la persona puede solicitar al efectivo su identificación y la dependencia a la cual pertenece.
¿PUEDEN DETENERME SI NO PRESENTO NINGÚN DOCUMENTO DE IDENTIDAD?
De no contar con el DNI, licencia de conducir u otro documento de validez nacional, entonces el efectivo policial podrá trasladar al ciudadano a la comisaría para su respectiva identificación. Esto no es una detención, sino que es un traslado con un único propósito: la identificación y esto está avalado según el artículo 205 del Código Procesal Penal y la Ley de la Policía Nacional del Perú.
Para ello, se debe de levantar un acta de control de identidad policial.
¿PUEDEN REVISAR MIS PERTENENCIAS PARA “IDENTIFICARME”?
Si el ciudadano no presentó ningún documento de validez nacional y la policía determina su traslado a una comisaría para dar con su identidad, solo si existiese un motivo fundado de que la persona está vinculada a un hecho delictuoso, el personal de la PNP, podrá hacer registro de su vestimenta, equipaje, accesorios y más dentro del acta respectiva.
DATO: El tiempo máximo que una persona puede permanecer en una comisaría mientras se realiza la búsqueda de su identidad es de cuatro horas. Pasado ese tiempo la autoridad policial está en la obligación de permitir el retiro del ciudadano.
SEGUIR LEYENDO