Dina Boluarte podría ser inhabilitada tras aprobación de denuncia constitucional en su contra

La Subcomisión de Denuncias Constitucionales del Congreso de la República debatirá la denuncia en contra de la vicepresidenta de la República este viernes.

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Boluarte Zegarra ejerce actualmente el
Boluarte Zegarra ejerce actualmente el cago de vicepresidenta y ministra de Estado. Foto: Andina

La vicepresidenta Dina Boluarte podría ser inhabilitada para ejercer cargos públicos por supuesta infracción constitucional y otros delitos. Su denuncia será debatida en la Subcomisión de Denuncias Constitucionales en el Congreso de la República. Un informe difundido por medios de comunicación muestra un documento que declara procedente la denuncia en contra de la funcionaria pública.

El diario El Comercio accedió a un documento que muestra la aprobación de la denuncia constitucionales en contra de Boluarte a raíz de las denuncias presentadas por la Contraloría sobre una presunta infracción del artículo 126 de la Constitución. A la abogada se le acusa de firmar documentos como presidenta del Club Departamental Apurímac durante su cargo como ministra.

Tal norma legal hace referencia a la incapacidad de los ministros de Estado para ocupar otros cargos públicos durante su gestión.

“Los ministros de Estado no pueden ejercer otra función pública, excepto la legislativa. No pueden ser gestores de intereses propios o de terceros ni ejercer actividad lucrativa, ni intervenir en la dirección o gestión de empresas ni asociaciones privadas”, señala el artículo 126 de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, muestra la aprobación de la denuncia constitucional 268 presentada por el congresista Javier Padilla, de Renovación Popular, en contra de la vicepresidenta por aparente infracción del artículo 126 de la Constitución.

Informe caso Dina Boluarte. Foto:
Informe caso Dina Boluarte. Foto: El Comercio.

La denuncia fue presentada el 25 de mayo por la congresista de Renovación Popular, Norma Yarrow, quien afirmó que la vicepresidente habría “cometido el presunto delito de abuso de autoridad al solicitar irregularmente, abusando de sus atribuciones como vicepresidenta de la República y ministra de Estado, una licencia de su cargo de jefa de Oficina de Surco del RENIEC, habiendo apelado la denegatoria ante el Tribunal del Servir y una vez declarada improcedente por la propia entidad, negarse a recibir la notificación”.

La parlamentaria también incluyó en la denuncia el presunto delito de negociación incompatible tras omitir en su declaración a al cuñado de Boluarte, Alfredo Florentino Pezo Paredes, quien mantuvo contratos con la Contraloría de la República pese a que no está permitido durante su período como vicepresidenta.

“[Dina Boluarte] omitió consignar a su cuñado Alfredo Florentino Pezo Paredes en su Declaración Jurada de Intereses, incumplió lo dispuesto en el artículo 377 pues no entregó la información completa en su declaración omitiendo el nombre referido permitiendo que este último pueda contratar libremente con el Estado pese a estar prohibido”, describe la denuncia.

DINA BOLUARTE RECHAZÓ INFRACCIÓN CONSTITUCIONAL

Mediante su cuenta de Twitter, la abogada manifestó que “no existe compatibilidad alguna” en el ejercicio de su cargo como ministra y organizaciones donde participa “sin fines de lucro”.

“Como todo ciudadano y ciudadana tengo derecho a participar en la vida de asociaciones civiles sin fines de lucro, máxime cuando representan el desarrollo cultural de nuestro país, como es el caso de la Asociación Departamental Club Apurímac, así como de la Asociación de Clubes Departamentales del Perú, instituciones de las que no he percibido ni percibo remuneración ni beneficio alguno, las que están dedicadas a la promoción de nuestra expresión cultural”, expresó.

En otro pronunciamiento, la izquierdista también se pronunció sobre el informe de la Contraloría de la República y aseguró que no incurrió en infracción constitucional.

Ante los cargos presentados por la Contraloría, preciso que cualquier documento suscrito con posterioridad a mi solicitud de licencia se circunscribe estrictamente a la subsanación registral necesaria para garantizar la sucesión de mi reemplazo y no obedece en absoluto a funciones de dirección ni gestión. En consecuencia, no he incurrido en infracción constitucional del artículo n°126 de la Constitución Política del Perú”, mencionó.

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