Nueva regulación a tarifas de reconexión de servicios de telecomunicaciones. El Ejecutivo promulgó la Ley N° 31487, que modifica la Ley de Desarrollo y Facultades de Osiptel, para regular las tarifas tope en la reconexión del servicio, aprobada por el Congreso de la República. La norma, que establece incorporar el artículo 39 a Ley N° 27336, fue publicada en el diario oficial El Peruano y lleva la firma del presidente de la República, Pedro Castillo y el titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres.
¿Esto qué significa?
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones será el encargado de fijar los topes tarifarios en aquellas tarifas establecidas por las entidades supervisadas en relación al concepto de reconexión de los servicios de telefonía fija, telefonía celular, cable e Internet y en aquellas que se deriven de las normas de condiciones de uso
Esta modificación fue presentada por la congresista Lady Camones de la bancada de Alianza para el Progreso (APP) en diciembre del 2021. La iniciativa legislativa fue aprobada por mayoría en el pasado mes de mayo.
Al respecto, el presidente de la comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República, el legislador José Luna Gálvez, precisó que las tarifas tope se efectuarán en base a los costos en el marco de la Ley 27838, Ley de Transparencia y simplificación de los procedimientos regulatorios de las tarifas.
“La norma busca dar solución a un problema que afecta a miles de peruanos que ven afectadas sus economías familiares con cobros excesivos en la reconexión del servicio de telefonía, cable e Internet”, expresó Luna Gálvez, durante la sustentación de la normativa en el Pleno del Congreso.
OPINIONES EN CONTRA
Por su parte, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN) expresó su disconformidad y rechazo a esta nueva disposición al considera que se trataría de un “peligroso control de precios”.
“Se atenta contra el esquema de regulación en el país y llama poderosamente la atención que el Osiptel no haya hecho respetar su fuero técnico, pues el Poder Legislativo no es la instancia para regular tarifas, la cual es exclusiva de este organismo regulador. Esa es la base del esquema regulatorio del país”, sostuvo en un comunicado.
¿CUÁNDO SE COBRA TARIFA POR RECONEXIÓN?
Luego del vencimiento de los recibos de los servicios, las operadoras tienen la facultad de realizar el corte del mismo hasta que el usuario realice el abono vencido. Posterior a ello, en el recibo del siguiente mes se refleja un cargo por reconexión.
- En el caso de Claro el cobro es de 10 soles por recibo, independientemente si solo se ha contratado un servicio o más.
- En el caso de Movistar el cobro es de 10 soles por telefonía celular. En el caso de telefonía fija, Internet y cable el costo puede llegar a 20 soles de acuerdo con los servicios contratados.
- En Entel el cargo es de 15 soles por línea móvil.
La reconexión de los servicios contratados, posterior al pago del monto vencido, se da en un plazo máximo de 48 horas.
SEGUIR LEYENDO: