Retiro CTS 2022: Cómo es el proceso para retirar el 100% del dinero acumulado en mi cuenta

La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano, de modo que se oficializa el tercer retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios en pandemia.

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Luego de que el Congreso
Luego de que el Congreso aprobara su retiro, norma fue presentada a través del diario oficial El Peruano. | Foto: Agencia Andina

Este miércoles se promulgó la Ley N° 31480, que permite a los trabajadores del sector privado retirar de manera excepcional el 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2023.

La Compensación por Tiempo de Servicio es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla. Tiene como finalidad protegerlo cuando su relación laboral finaliza; así, es un fondo de contingencia contra el desempleo. Es depositada dos veces al año: en mayo y noviembre. El monto de esta varía según el régimen laboral de la compañía, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.

¿QUIÉNES PUEDEN RETIRAR EL 100% DE LA CTS?

Todos los trabajadores del sector privado sin excepción pueden realizar el desembolso de la totalidad de su CTS. Además, actualmente sí se puede retirar parte de su fondo sin dejar de laborar; lo cual se da solamente cuando tengan en sus cuentas un monto que exceda sus cuatro sueldos. Esto quiere decir que pueden solicitar el retiro:

1. Los trabajadores del sector privado pueden retirar el 100% de la CTS, cualquiera sea su régimen laboral. Esto quiere decir que solo pueden retirarlo los trabajadores de planilla de las micro, pequeñas, medianas y de la gran empresa.

2. También los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.

3. Los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 728.

¿CUÁNDO SE PODRÁ HACER EL RETIRO?

Según Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, “solo falta que el Poder Ejecutivo reglamente el procedimiento operativo dentro de los 10 días calendario siguientes a la entrada en vigencia de la ley”. El plazo para esto vence el domingo 5 de junio, por lo que los retiros podrán efectuarse desde el lunes 6 de junio a más tardar.

Además, precisa que la norma “señala que se autoriza a retirar los fondos de la CTS ‘por única vez’, pero ello no significa que sea un solo retiro, sino que la autorización del retiro se genera por una ‘coyuntura única’ (la pandemia del covid-19)”. Entonces, cabe la posibilidad de que los trabajadores podrán retirar total o parcialmente su dinero en la CTS desde el 6 de junio hasta el 31 de diciembre del 2023.

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¿CÓMO SOLICITAR EL RETIRO DEL 100% DE MI CTS?

1. Los trabajadores deberán enviar una solicitud a la entidad financiera donde tengan depositada la CTS, de forma remota o virtual.

2. El trabajador podrá especificar si se desea hacer un retiro parcial o total del dinero, así como la cuenta en la que se deseará recibir los recursos (sea un banco, caja, financiera o cooperativa de ahorro y crédito).

3. Una vez se haya recibido la solicitud, la entidad financiera contará con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar la transferencia de dinero a la cuenta especificada.

Según señaló la Cámara de Comercio de Lima (CCL) en retiros pasados, se podrá hacer el retiro total, incluyendo los intereses generados a la fecha de la solicitud del retiro. Este podrá realizarse en forma presencial en las oficinas de la entidad depositaria o de forma virtual.

¿CUÁNTOS RETIROS SE HAN APROBADO DURANTE LA PANDEMIA?

En el estado de emergencia se han permitido, hasta ahora, dos retiros de la CTS:

1. A través del Decreto de Urgencia 033-2020, que permitía dos retiros hasta de S/ 2,400 cada uno.

2. Mediante la Ley N° 31171, que permitía el retiro del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre del 2021.

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