
La Superintendencia Nacional de Migraciones informó que, tras la revisión del recurso administrativo presentado por la ciudadana venezolana Paulina Facchin Arp, se declara nula la resolución del 9 de mayo del 2022, que ordenaba su expulsión. La también activista por los derechos humanos en su país es perseguida política de la dictadura de Nicolás Maduro.
El ente encargado de velar por el correcto control migratorio de nacionales y extranjeros en el país expuso un comunicado en sus redes sociales para indicar que había tomado tal decisión después de revisar el recurso administrativo presentado por Facchin Arp.
“La actual gestión de Migraciones garantiza el respeto a los derechos reconocidos en los tratados internacionales, la Constitución y las leyes”, complementó el comunicado.

DENUNCIA DE PAULINA FACCHIN
El pasado 11 de mayo, Paulina Facchin denunció que el Gobierno peruano le había avisado la resolución de expulsión del país después de vivir más de 10 años debido a que, según las autoridades, había mentido en la información ofrecida durante el proceso que realizaba para conseguir la nacionalidad peruana.
En comunicación con El Comercio, el abogado de Facchin, Joseph Campos, argumentó que ella no está haciendo política en Perú, sino que son actividades humanitarias y que pueden ser malinterpretadas como “actos políticos”.
“Nicolás Maduro me quiere llevar a Venezuela por denunciar sus acciones contra los derechos humanos. Convertirme en una nueva presa política”, indicó la activista cuando salió la resolución.
En efecto, la mujer vive en Perú desde febrero de 2011; un año antes, en 2010, su hija menor fue atacada en Venezuela y temía por lo que pudiera pasar tanto a su familia como a ella.
PROTECCIÓN A LOS MIGRANTES
Los tratados firmados por el Perú sobre los derechos humanos tienen un rango constitucional: son parte del ordenamiento jurídico nacional y adquieren el mismo nivel legal que la Constitución. “Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional”, sostiene el artículo 55 de la Carta Magna.
En la Convención Americana de los Derechos Humanos en 1978, Perú se comprometió a seguir todos los estatutos de este documento y debe hacerlos cumplir dentro de su ordenamiento interno. “En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones políticas”, se detalla en el artículo 22.
A este último aspecto apeló el abogado de Paulina Facchin para que no sea expulsada de Perú debido a su condición de opositora a la dictadura venezolana y activista política, por lo que se estaría violando los derechos suscritos.
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