Estamos a solo cinco meses de las elecciones municipales y regionales, y muchos partidos políticos van poniendo en vitrina a quiénes podrían ser los que los representen en estos comicios, sin embargo, según un informe de ‘El Comercio’ existen varios ‘candidatos’ que buscan mostrarse como una opción ante los votantes, cuando en realidad no pueden ni siquiera ser precandidatos en ninguna organización, puesto que cuentan con una sentencia judicial en su haber.
Entre dichos ‘prospectos de candidatos’, que buscan repetir el plato como alcaldes, están Esteban Monzón y Milton Jiménez por Puente Piedra, mientras que en Los Olivos, está Pedro del Rosario. Estos tres se encuentran sentenciados por el Poder Judicial por usurpación agravada, peculado y enriquecimiento ilícito, respectivamente, por lo tanto, buscarían sorprender a los votantes figurando como precandidatos y haciendo campaña pero en realidad no llegarán a ser candidatos.
ESTEBAN MONZÓN FERNÁNDEZ
Estaba Monzón, quien fue alcalde de Puente Piedra, fue sentenciado a dos años de prisión suspendida por el delito contra el patrimonio y usurpación agravada por el Juzgado Penal Liquidador de Puente Piedra, el 31 de agosto de 2021, debido a que junto a trabajadores municipales tomaron de manera violenta un predio que mantenía en posesión la Concesión Esperanza Dos de Lima, aduciendo que el inmueble era de propiedad del municipio de Puente Piedra. Dicho atropello, dejó como saldo, un cargador frontal volteado y quemado. Al tener Monzón, una sentencia judicial en su haber, está impedido de postular, pero formalmente hace postular a su hijo de 23 años Esteban Monzon CAVERO.
MILTON JIMÉNEZ SALAZAR
Otro exburgomaestre de Puente Piedra, Milton Jiménez, quien también busca sorprender a los votantes aparentando ser candidato, fue condenado por la justicia a cuatro años de prisión suspendida el 15 de noviembre del 2018 por la Primera Sala Penal Liquidadora de Lima Norte, por el delito contra la administración pública, peculado en agravio de la propia Munipalidad de Puente Piedra, debido a que favoreció a empresas a cambio de coimas y pagos de más de 200 mil soles sin sustento alguno con dos empresas constructoras.
En agosto del 2019, los condenados, entre ellos, Milton Jiménez, solicitaron la nulidad del juicio, pero fue declarado improcedente porque fue presentado fuera de fecha, sus otros exfuncionarios sentenciados sí lograron presentar su pedido dentro del plazo, cuya respuesta aún está pendiente, sin embargo respecto del sentenciado Milton Jiménez tiene el fallo en calidad de consentida y firme. Por tanto, no podrá ser candidato, incluso por ese motivo fue vacado el 2021 del cargo de regidor.
PEDRO DEL ROSARIO RAMÍREZ
En el caso del exalcalde de Los Olivos, Pedro del Rosario, el Primer Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la Corte Superior de Justicia Lima Norte lo condenó a siete años prisión efectiva en agosto del 2021, por los delitos contra la administración pública y enriquecimiento ilícito en agravio del Estado, luego de que se le hallara un desbalance patrimonial de más de un millón de soles, casualmente, generado cuando ejerció como burgomaestre del mencionado distrito, entre enero del 2015 y agosto del 2017. Del Rosario fue alcalde entre el 2014 y 2018.
Además, el Poder Judicial dispuso contra Pedro del Rosario una multa de 10 mil soles a favor del Estado, el decomiso de un inmueble ubicado en el Jr. Emilio de Los Ríos Lte. 06 Mz. LL Urbanización Villa del Norte y se le inhabilitó para el ejercicio de cualquier cargo público durante siete años, es decir, deberá postular recién en el 2028. Ahora ha inscrito a su sobrino de 18 años del mismo nombre Pedro del Rosario RUESTA.
Cabe mencionar, que este domingo 15 de mayo se llevó a cabo comicios internos de los partidos políticos donde elegirán al candidato oficial que representará a sus organizaciones en los comicios municipales y regionales de octubre próximo.
Asimismo, aquellas personas que cuenten con una sentencia judicial en su hoja de vida, no podrán ser candidatos a ningún puesto público, tal y como lo indica el artículo 39 de la Constitución: “Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.
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