El domingo 15 de mayo, militantes de 15 partidos políticos y 131 movimientos regionales acudieron a las urnas para elegir a quienes representarán a sus agrupaciones en las Elecciones regionales y municipales del 2 de octubre. Sin embargo, hubo quienes no pudieron registrar su voto al ser impedidos de ingresar a los centros de votación debido a que no contaban con las tres dosis requeridas para acceder a espacios cerrados. Entre estos se encontraba el congresista Alejandro Muñante.
“Estoy verificando la obstrucción de los derechos constitucionales de los ciudadanos en este local de votación”, decía el militante de Renovación Popular a los funcionarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Por su parte, el abogado y politólogo Javier Albán señaló a Infobae que “para medir si una medida es inconstitucional debe realizarse un examen riguroso que tenga en cuenta, en este caso, las actualizaciones en torno a la pandemia”.
Solicitar tres dosis de la vacuna para acceder a espacios cerrados restringe la libertad de ciertos individuos para defender el derecho a la salud. Por ello, Albán señala que en la mencionada evaluación “se debe probar que la restricción impuesta es útil para un fin legítimo. Además, tengo que demostrar que no hay otra manera menos gravosa para cuidar el derecho a la salud. Se debe probar que la limitación es proporcional y que no se está limitando ni un poco más allá de lo estrictamente necesario”.
De no cumplirse con dichas especificaciones, sí se estaría incurriendo en un acto inconstitucional, según el especialista consultado. Sin embargo, no es la ONPE quien puso en marcha las medidas cuestionadas, sino el Ejecutivo. “La ONPE no es un órgano jurisdiccional con el poder de decidir si aplicará una ley o no. Esto lo tiene que cambiar el gobierno o un juez que evalúe el caso e indique que no se aplique la regla”, agregó Albán.
MEDIDAS A TOMAR
Dado que debido a las medidas adoptadas por la pandemia, el derecho al voto se vio afectado, el especialista señala que una acción de amparo sería la medida indicada para iniciar un proceso ante las autoridades. “Eso lo ve primero un juez, luego llega a una segunda instancia en el Poder Judicial y podría incluso ser visto por el Tribunal Constitucional”, resaltó Javier Albán a este medio.
La propuesta de celebrar nuevas elecciones primarias con el fin de que participen quienes no pudieron, estaría descartada. Esto retrasaría el calendario electoral ya anunciado e impediría que las elecciones planificadas para el 2 de octubre de este año no se celebren. Las diversas tareas y procesos a cumplir por las autoridades electorales los obliga a ser respetuosos del esquema aprobado.
Para quienes no pudieron registrar su voto, Albán señala que “no habría posibilidad de remedio. Si inician un proceso judicial es probable que les digan que es un caso que no podrá resolverse. Esas personas, si querían, podían haber iniciado un proceso antes, pero este ya prescribió”. Sin embargo, todavía queda una fecha más de las elecciones primarias que será este domingo 22 de mayo.
“Si alguien, en el transcurso de la semana, plantea una acción de amparo y pone en pie una medida cautelar, podría lograr que un juez tome una decisión de manera rápida”, señaló Albán. Si finalmente este decide que no se aplique la cuestionada medida, la ONPE tendría que adaptar sus protocolos. Otra opción sería esperar a que el gobierno decida dar un paso atrás con la medida a partir de las recomendaciones que señalen los especialistas del sector salud.
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