El titular del Ministerio del Interior (Mininter), Alfonso Chávarry, se refirió a la denuncia hecha por el Ministerio Público contra la primera dama, Lilia Paredes, por el presunto delito de obstrucción a la justicia al negarse a escuchar las preguntas formuladas por la fiscal.
Según trascendió, ayer 13 de mayo, Paredes no se acogió a su derecho de guardar silencio, sino que se negó a escuchar las preguntas realizadas por la Segunda Fiscalía Provincial de Lavado de Activos, a cargo de la fiscal Luz Taquire, sobre la obtención de su tesis de maestría en la Universidad César Vallejo (UCV), que hizo en colaboración con el presidente de la república, Pedro Castillo.
“Soy respetuoso de los poderes del Estado. Considero que la señora (Lilia Paredes) de repente, por temor o por presión, no ha podido contestar en ese momento. Pero yo pienso que va a hacer sus descargos frente a la autoridad competente que la está investigando”, manifestó Chávarry a la prensa, tras un operativo de la Operación Antidrogas de la Policía Nacional.
El ministro comentó desconocer si habrá alguna reprogramación para la comparecencia de la primera dama y reiteró que el gobierno de Castillo Terrones es “respetuoso” de las “autoridades competentes”.
“Nosotros somos respetuosos del Ministerio Público, pero entendemos que la señora (Lilia Paredes) posiblemente (no contestó a la Fiscalía) por la presión que tiene de la prensa y de nuestras autoridades. Seguro (que) por eso no ha podido, por el momento, contestar las preguntas formuladas”, aseveró.
Por último, evitó emitir un comentario sobre si Paredes debería recomendaría responder ante las preguntas de la Fiscalía. “Ella (Lilia Paredes) sabe lo que va a hacer. En un momento dado va a contestar”, finalizó.
DERECHO A ABSTENERCE
Para el abogado de Lilia Paredes, Jorge Díaz, es cierto que toda persona que es citada a declarar al Ministerio Público, o cualquier órgano jurisdiccional, tiene la obligación no solo de presentarse, sino de declarar la verdad para coadyuvar al esclarecimiento de los hechos.
“Sin embargo, tratándose en este caso de testigos, según el Código Procesal Penal, establece derechos a favor de los testigos cuando se trata de declaraciones autoincriminatorias o que puedan incriminar a su cónyuge o a sus parientes”, precisó.
El jurista dejó en claro que Paredes tiene todo el derecho de abstenerse de rendir una declaración, sin que eso signifique admitir algún tipo de responsabilidad.
Díaz remarcó que no es cierto que su patrocinada se haya negado a declarar o haya guardado silencio. Contó que la diligencia se dio inicio como es usual. Y en ese acto, hicieron que la fiscal haga lectura del artículo 165 del Código Procesal Penal para hacerle saber del derecho, ya que se trata de la esposa del presidente de la República.
“Ni siquiera un inculpado o un acusado está obligado a declarar si no lo cree conveniente. Es el derecho de un acusado o un imputado guardar silencio y expresamente se señala que ese silencio no puede ser usado como indicio de responsabilidad. Si estamos en un estado de derecho, se deben respetar las leyes. La prerrogativa de un testigo de abstenerse de declarar cuando de sus declaraciones pueden resultar en algún perjuicio a sus cónyuges o parientes”, aseveró.
Respecto a la denuncia penal que pesa sobre Lilia Paredes, Díaz lo calificó como resabios inquisitivos que probablemente se arrastran desde el antiguo Código de Procedimientos Penales, donde incluso el silencio es tomado como una prueba de responsabilidad.
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