AFP: ¿Qué dispone exactamente la ley para retirar hasta S/ 18,400 de los fondos?

Para retirar el dinero, la norma indica que los afiliados presentarán sus solicitudes “de forma remota, virtual o presencial, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento”.

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| Foto: Agencia Andina
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El pasado 4 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó la norma que permite el retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de los fondos de pensiones de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), equivalente a 18,400 soles.

Esta iniciativa, que implica el sexto retiro de fondos de pensiones desde que inició la pandemia, debe ser evaluada por el Poder Ejecutivo para que sea promulgada u observada. ¿Qué dispone exactamente el dictamen aprobado por el Legislativo?

NORMA DE RETIRO DE AFP

- La propuesta aprobada permite a los afiliados a las Administradoras de Fondo Privado de Pensiones (AFP) a retirar, de manera facultativa, hasta cuatro 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (18,400 soles) del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización.

- Para retirar el dinero, la norma indica que los afiliados presentarán sus solicitudes “de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

- También especifica que, “se abonará hasta una UIT cada 30 días calendarios, realizándose el primer desembolso a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenece el afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercero”.

- “En caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la AFP diez días calendarios antes del desembolso”.

- El retiro de los fondos mantendrá la condición de intangible, es decir, no puede ser objeto de descuento, compensación legal, embargo, retención o cualquier forma de afectación sea por orden judicial o administrativa. Sin embargo, no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas a las deudas alimentarias hasta un máximo del 30% de lo retirado.

- En la disposición complementaria final, se señala que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determinará el procedimiento operativo de un plazo que no excederá de 15 días calendarios de publicada la ley.

OTROS RETIROS

Cabe señalar que cuando se dio la Ley 31068 de diciembre del 2021 que permitió el retiro extraordinario de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de las personas que estaban desempleadas por un año a más, se retiraron 9,106 millones de soles.

De este total, el 72 % fue accedido por afiliados que no aportaron al Sistema Privado de Pensiones (SPP) durante toda la pandemia (marzo 2020-diciembre 2021).

Meses después se promulgó la Ley 31192, que permitió el retiro de hasta 4 UIT de forma indiscriminada. Con ello, se favoreció fundamentalmente a los afiliados que se encontraban aportando regularmente durante la pandemia.

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