La inseguridad ciudadana sigue atormentando la vida de quienes residen en el Perú. No importa si se trata de un ciudadano local o extranjero, todos deben lidiar con el peligro que significa poner un pie en la calle. Así lo demuestra un video de menos de un minuto que capta el preciso momento en que un ciudadano venezolano es víctima de un intento de asesinato.
Al promediar las nueve de la noche se logra ver a un grupo de jóvenes cerca al concurrido cruce de las calles 28 de julio y Aviación. Las cuatro personas reunidas pronto se ven sorprendidas por la llegada de un moto que transita en la vereda. El conductor vestía el casco de seguridad, pero su acompañante, una mujer que no llevaba mascarilla, descendió rápidamente y los enfrentó sin temor alguno.
El grupo no parece muy intimidado por la actitud de la mujer que acababa de aparecer con un arma en mano. Sin embargo, la actitud cambia cuando esta dispara al pecho de uno de los jóvenes. Mientras el hombre se retuerce de dolor en la pista, la mujer desaparece de la imagen. Bastaron apenas 47 segundos para que la delincuente perpetuase su crimen.
Un joven de 27 años identificado como Robert Fernando Ruiz Hernández fue la víctima que recibió un impacto de bala y que fue atendido por quienes transitaban por la zona una vez que la delincuente escapó. Ruiz fue trasladado al hospital Dos de mayo donde los médicos han señalado que su estado de salud es reservado. Por su parte, la Policía Nacional del Perú (PNP) ya inició con las investigaciones correspondientes.
INSEGURIDAD CIUDADANA
Una encuesta de Ipsos reveló que el 53% de sus encuestados señala a la inseguridad ciudadana como el problema que requiere mayor atención por parte de las autoridades. Los otros aspectos que deberían ser priorizados por el Gobierno son la lucha contra la corrupción (52 %), la generación de empleo/reactivación económica (42 %), la reducción de la pobreza (31 %), el control de la inflación/costo de vida (29 %) e incrementar los beneficios para los trabajadores formales (21 %).
Sobre el primer tema, el gobierno dispuso que se instaure el Estado de emergencia en Lima y Callao desde el 3 de febrero. Esta medida estuvo pensada por solo 45 días, pero ya ha sido ampliada en dos ocasiones con la intención de que las autoridades combatan la sensación de poca protección que sufren millones de ciudadanos todos los días.
El decreto mencionado indica que durante el periodo que rija la medida adoptada por el Ejecutivo, quedarán suspendidos algunos derechos constitucionales, tal como lo estipulan los incisos 9, 11, 12 y 24 del artículo 2 de nuestra Carta Magna como el derecho a la libertad, inviolabilidad del domicilio, libertad de reunión, libertad de tránsito en el territorio nacional, entre otros. Sobre estos, es importante tener en cuenta la siguiente información.
DERECHOS QUE SE SUSPENDEN
Derecho a la libertad: los sujetos de derechos pueden realizar cualquier clase de actividad, lo cual involucra el ejercicio de los otros derechos fundamentales distintos a la libertad, mientras no vulneren con ella las normas que conforman el orden público, las buenas costumbres y las que tengan carácter imperativo.
Inviolabilidad de domicilio: Los sujetos derechos pueden impedir que cualquier otra persona ingrese a su domicilio para efectuar investigaciones, registros u otros motivos en caso no lo autoricen o cuando los terceros no cuenten con un mandato judicial. No lo podrán impedir, sin embargo, en caso de flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración.
Libertad de reunión: Los sujetos de derechos pueden agruparse, congregarse o reunirse, sin aviso previo, tanto en lugares privados como abiertos al público siempre y cuando lo hagan de manera pacífica. Por el contrario, las reuniones en plazas o vías públicas requieren de aviso anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o sanidad pública.
Libertad de tránsito en el territorio nacional: Los sujetos de derechos, en principio, pueden desplazarse libremente, dentro del territorio nacional en el que tienen su domicilio y también fuera de este, lo que involucra poder elegir dónde vivir. Salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
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