Retiro AFP: ¿cuándo se podrá presentar la solicitud para el acceso al fondo de pensiones?

La Ley fue aprobada en el pleno del Congreso que autorizó el retiro de hasta cuatro UIT de los fondos. Ahora todo depende del Ejecutivo.

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Retiro AFP 2022 | Foto: Agencia Andina
Retiro AFP 2022 | Foto: Agencia Andina

El proyecto de ley que permite el retiro de hasta cuatro UIT de los fondos de AFP fue aprobado por unanimidad en el Pleno del Congreso el pasado 4 de mayor y miles de aportantes podrán retirar el total autorizado o una parte del mismo, de acuerdo a la cantidad de dinero que el usuario tenga acumulado en su fondo de pensiones.

La representación nacional apoyó esta propuesta por 107 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones. Posteriormente, por 106 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones, se aprobó la exoneración de la segunda votación.

Este viernes se conoció que la autógrafa de ley fue firmada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva. Según se puede ver en la web del Parlamento, el documento fue remitido al Ejecutivo como la Ley que faculta el retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones en el contexto de la pandemia COVID-19 en el año 2022. El Ejecutivo tiene 15 días hábiles para que se pueda pronunciar sobre la autógrafa. Es decir, hasta el 27 de mayo.

El mandatario tiene tres opciones: puede firmar y la ley se promulga; puede observar la ley y regresa al Congreso, con lo que se somete a debate y puede aprobarse por insistencia; y otra opción es que no haga nada, con lo que pasado el tiempo se promulga de manera automática.

Luego de que se promulgue la ley, entra a tallar la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Esta entidad tiene un plazo máximo de 15 días calendario para publicar el reglamento de cómo se retirarían los fondos. Puede ser a fines de mayo o los primeros días de junio. Unos días después se habilitará la plataforma donde los aportantes podrán inscribirse para retirar el monto de hasta 4 UIT.

Recordemos que en anteriores oportunidades, se hizo un cronograma para inscripción que lleva un orden correlativo según el último dígito del DNI. A partir de ese momento, puede pasar un mes hasta que se efectúe el primer desembolso.

La congresista Silvia Monteza, presidenta de la Comisión de Economía del Congreso, adelantó cómo sería efectivo el retiro de AFP. La autógrafa indica que se realizará el retiro en tres partes de la siguiente manera:

- Primer retiro de hasta 1 UIT (S/ 4,600): en un plazo máximo de 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP.

- Segundo retiro de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario.

- Tercer retiro por el restante del monto solicitado de hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario.

INTANGIBILIDAD

El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual o de cualquier afectación, sea por orden judicial o administrativa.

Por último, determina que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, mediante reglamento, dará a conocer el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de 15 días calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular.

<u>¿Cómo me afilio a una AFP?</u>

- Trabajador dependiente

Si inicias labores por primera vez deberás solicitárselo a tu empleador. Tu empleador te afiliará a la AFP, ganadora de la licitación de nuevos afiliados. Deberás presentar:

Documento Nacional de Identidad (DNI)

Menores de 18 años: Libreta del Adolescente Trabajador ó DNI

Extranjeros: Carné de Extranjería ó Pasaporte con visa de trabajo

Militares / Policías: Carné de Identificación Militar / Policial

Si te encuentras afiliado a otro régimen de pensiones deberás presentar copia simple de tus dos últimas boletas de pago.

- Trabajador independiente

Presentar copia de tu Documento Nacional de Identidad (DNI).

Si eres mayor de 50 años debes suscribir una Declaración Jurada en la cual declaras haber tomado conocimiento de las características del SPP y del SNP.

Puedes hacerlo por medio virtual o presencial:

Medio virtual. El trabajador completa la información en la web de la AFP y/o AFPnet.

Medio presencial. El trabajador descarga e imprime el formulario de contrato de afiliación, y se acerca a la agencia de la AFP.

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