Desde ayer 1 de mayo nuevas disposiciones dadas por el gobierno de Pedro Castillo entraron en vigencia, entre ellas, resaltan tres leyes que intentan subsanar la crisis económica en que se encuentran los peruanos, además de hacerlos regresar a la normalidad, como en la época pre pandemia de la COVID-19.
EXONERACIÓN DEL IGV EN LA CANASTA BÁSICA
Hace unas semanas, el Pleno del Congreso de la República aprobó la propuesta del Ejecutivo de exonerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a determinados alimentos de la canasta básica familiar.
Según expertos, se espera que los precios de estos productos, con la exoneración del IGV, se reduzcan entre un 18% y 15%, aproximadamente. Es decir, si el kilo de pollo costaba 10 soles, con la nueva ley pasaría a costar S/ 8.47, siempre que se traslade este beneficio en un 100%.
Alimentos de la canasta básica que serán exonerados:
- Carne de aves de la especie Gallus domesticus (gallina, gallo, pollo) frescos, refrigerados o congelados
- Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus
- Azúcar
- Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma
- Pan
- Producto cárnicos (res, cerco, cuy, alpaca)
Antes de esta ley, ya existían productos de la canasta básica familiar exonerados de IGV, como los pescados y mariscos, las frutas, verduras, y menestras (frescas y refrigeradas), entre otros.
La exoneración del IGV se daría hasta el 31 de julio del 2022 y ya no hasta diciembre de 2022, como fue planteado en un inicio.
AUMENTO DEL SUELDO MÍNIMO
El Gobierno incrementó la remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada a partir de hoy 1 de mayo, coincidentemente Día del trabajador.
Según el Decreto Supremo Nº 003-2022-TR, el incremento será de 95 soles, con lo cual el sueldo mínimo vital pasará de 930 soles a 1,025 soles. De acuerdo con la Presidencia de la República, la medida dinamizará la economía y beneficiará a cerca de un millón y medio de trabajadores (un 30% de la planilla privada), ya que no se aumentaba dicha remuneración desde el 2018.
USO FACULTATIVO DE LA MASCARILLA
El Gobierno, a través del Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM, oficializó las nuevas medidas frente a la COVID-19. Entre ellas destaca el uso facultativo de la mascarilla en las regiones que tengan el 80 % de cobertura de vacunación con las tres dosis en mayores de 60 años y el 80 % con dos dosis en personas de 12 años a más, es decir, Lima Metropolitana, Callao, Lima Provincias, Ica y Áncash.
El dispositivo legal, publicado el pasado 23 de abril, también establece los lugares en donde aún será obligatorio el uso de la mascarilla.
Lugares donde será obligatorio su uso:
- Centros comerciales
- Galerías comerciales
- Tiendas por departamento, tiendas en general y tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad.
- Conglomerados
- Supermercados y mercados
- Restaurantes y afines en zonas internas
- Casinos y tragamonedas
- Cines y teatros
- Bancos y entidades financieras
- Iglesias, templos y lugares de culto
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte
- Clubes
- Locales de asociaciones deportivas
- Peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna y baños termales
- Gimnasios
- Notarías
- Oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.
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