El gobierno de Pedro Castillo ha dispuesto nuevas medidas para inicio del mes de mayo. Estas reglas deben ser cumplidas en todo el territorio nacional, sin distinción. El decreto suprema indica que “el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos, el acceso equitativo a los servicios de salud”. Se precisa que la emergencia sanitaria será por el plazo de 90 días calendario, tiempo en el que se tomarán medidas para la prevención y control del COVID-19. Este tendrá una duración hasta el 28 de agosto de 2022.
A continuación, conoce las restricciones que se validarán a partir del 1 de mayo en el país, siendo la más relevante el uso opcional de la mascarilla, el cual se puso en marcha desde el inicio de la pandemia.
RESTRICCIONES EN PERÚ
- El distanciamiento físico o corporal no menor de un (1) metro.
- Priorizar actividades dentro del mismo núcleo familiar.
- El lavado frecuente de manos.
- El uso de mascarilla y/o doble mascarilla, según corresponda.
- El uso de espacios abiertos y ventilados.
- Evitar aglomeraciones.
- La protección a las personas adultas mayores y personas en situación de riesgo.
- La promoción de la salud mental.
- La continuidad del tamizaje de la población.
- La continuidad del fortalecimiento de los servicios de salud.
- El uso de las tecnologías de la información para seguimiento de pacientes COVID-19.
- El uso de datos abiertos y registro de información.
- La lucha contra la desinformación y la corrupción.
- La gestión adecuada de residuos sólidos.
- La difusión responsable de la información sobre el manejo de la COVID-19; así como, de las medidas adoptadas.
- La prestación del servicio público de transporte terrestre de personas con todas las ventanas abiertas del vehículo.
- Locales de entidades públicas y privadas debidamente ventilados, con puertas y ventanas abiertas, cuando sea posible.
- Deben retornar al trabajo presencial los/las servidores/as civiles vacunados/as contra la COVID-19. Aquellos con factores de riesgo realizarán trabajo remoto o mixto, de acuerdo a la necesidad del servicio y la evaluación clínica que realicen los médicos ocupacionales o quienes hagan sus veces en las entidades públicas.
- Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados.
- Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida.
- Establecer horarios de supervisión en las horas de alta afluencia del público.
- Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal.
- En las instituciones educativas no es aplicable el distanciamiento físico o corporal no menor de un (1) metro.
NUEVAS PRÁCTICAS
El Decreto Supremo N° 016-2022-PCM nos ofrece las indicaciones que se deben cumplir a partir del mes de mayo.
- Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.
(Importante: en los departamentos que tengan el 80% de cobertura de vacunación contra la COVID-19 de personas de 60 años a más con 3 dosis y el 80% en personas de 12 años a más con 2 dosis, es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos, siempre que se garantice el distanciamiento físico o corporal, medidas que podrían modificarse de acuerdo con el contexto epidemiológico).
- Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes.
- Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID-19.
- La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra la COVID-19, en el Perú y/o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.
- Solo podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19,
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