Sueldo mínimo: lo que debes saber de la ley que incrementa la remuneración mínima vital

A partir del hoy, domingo 1 de mayo, en el Día del Trabajador, los empleados que están sujetos al régimen laboral de la actividad privada con la remuneración mínima vital tendrán un aumento de 95 soles llegando a los 1,025 soles.

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El sueldo mínimo se aumenta desde el domingo 1 de mayo en el Día del Trabajador. Foto: Andina
El sueldo mínimo se aumenta desde el domingo 1 de mayo en el Día del Trabajador. Foto: Andina

A partir de hoy, domingo 1 de mayo, se aumenta la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores que están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. A través del Decreto Supremo Nº 003-2022-TR se informó el incremento de 930 a 1,025 soles a los empleados que actualmente tienen un salario inferior al nuevo monto establecido.

El reajuste salarial está basado en criterios técnicos para el análisis de los índices de inflación y productividad con la fórmula del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) en el 2007, y que han sido trabajados de manera conjunta por técnicos profesionales del MTPE, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del INEI.

Este incremento de 95 soles obedece al derecho constitucional de los empleados con la finalidad de que cuenten con un salario suficiente para su bienestar y contribuyan con la economía peruana.

La Renumeración Mínima Vital (RMV), más conocida como el sueldo mínimo, es la cantidad mínima que debe recibir un trabajador bajo una jornada completa de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales.

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¿CUÁNDO EMPIEZA?

El incremento comenzará a partir del domingo 1 de mayo que, justamente, coincide con el Día del Trabajador.

“Es una decisión que sí o sí se tenía que tomar, una decisión impostergable que rige a partir del 1 de mayo, Día del Trabajador”, dijo la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, quien propuso y sustentó este tema en una sesión extraordinaria del Congreso de la República y, posteriormente, fue comentada por el titular de Economía y Finanzas, Óscar Graham.

“Hay que considerar que cuando se toman este tipo de medidas hay un sector que se beneficia y otro que se ve afectado. Eso es parte del balance que se tiene que hacer”, agregó el economista peruano.

ASIGNACIÓN FAMILIAR

El empleado que perciba este nuevo salario, además de su sueldo, tendrá un aumento en la asignación familiar (10% de la RMV), las gratificaciones legales, CTS, entre otros beneficios. Es decir, la asignación familiar subirá hasta 102.50 soles a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que tienen hijos menores de 18 años o que sigan estudios superiores o universitarios, con lo cual se prolonga hasta los 24 años.

El abogado laboralista Carlos Cadillo Ángeles, en conversación con El Peruano, dijo que el mencionado beneficio es según lo señala la Ley 25129, y se abona al personal cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso.

Para recibir este dinero, los trabajadores deberán demostrar ante su empleador que cumplen con los requisitos antes señalados porque si no, no tendrán derecho a la asignación familiar.

Hay multas por incumplimiento de pago de las remuneraciones del sueldo mínimo vital. Foto: Andina
Hay multas por incumplimiento de pago de las remuneraciones del sueldo mínimo vital. Foto: Andina

El especialista manifestó que el monto se abonará al trabajador independientemente de la cantidad de sus hijos; y si la madre y el padre son trabajadores de un mismo empleador, cada uno tendrá derecho a percibir la asignación.

Si un trabajador labora para más de un empleador, recibirá el beneficio por cada relación laboral existente.

Si no se cumple con el pago, un pago tardío o diminuto está tipificado como infracción grave en materia de relaciones laborales y será sancionado por la Inspección de Trabajo.

¿QUIÉNES RECIBEN EL SUELDO MÍNIMO?

Tienen derecho a recibir la Remuneración Mínima Vital (RMV) como pago mínimo todos los empleados que tengan una jornada mínima de cuatro horas diarias de trabajo.

Alicia Jiménez, asociada principal del área laboral del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), explicó a El Comercio que si se realiza trabajo nocturno también incrementará su ingreso pues este equivale a la RMV más un 35% de la misma.

Además, impactará directamente en las empresas del sector agrario donde el monto del sueldo mínimo es empleado como base para el cálculo de sus remuneraciones en la Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA), que equivale al 30% de la RMV.

También impacta directamente en la contratación del personal que está sujeto a las distintas Modalidades Formativas Laborales toda vez que la subvención mínima es calculada sobre la base de la RMV.

Asimismo, tienen derecho a recibir como mínimo una RMV, las trabajadoras del hogar, el personal que labora en Mipymes y el personal que está sujeto a a regímenes especiales de contratación laboral como el régimen portuario o de construcción civil.

MULTAS POR NO PAGAR EL RMV

Esta medida, según el gobierno, beneficiará a a cerca de un millón y medio de trabajadores formales, de un total de 5 millones 600 mil empleados formales, de acuerdo con información de la planilla electrónica.

Sin embargo, hay multas en el caso de incumplimiento de pago de las remuneraciones del sueldo mínimo vital.

“El artículo 25.1 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo – DS N° 019-2006-TR establece como una infracción muy grave en materia de relaciones laborales lo siguiente: ‘No pagar la remuneración mínima correspondiente’. La multa correspondiente oscila entre 0.23 (S/ 1,058) a 52.53 UIT (S/ 241,638), dependiendo del número de trabajadores afectados”, concluyó Jiménez.

ÚLTIMOS AUMENTOS DE LA RMV

Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), estos son los salarios mínimos que fueron aprobados en Perú en los últimos 22 años.

2022: S/1,025

2018: S/930

2016: S/850

2012: S/ 750

2011: S/675

2010: S/580

2008: S/550

2007: S/530

2006: S/500

2003: S/460

2000: S/410

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