Jorge Muñoz no recibió con los mejores ánimos la noticia de que había sido vacado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por integrar el directorio de Sedapal mientras se desempeñaba como alcalde de Lima. La destituida autoridad edil llegó a calificar de corrupta a la institución. “A nadie se le puede sancionar por ayudar, por querer colaborar. Esa es la sanción que me están poniendo, injusta y desproporcionadamente, a mí persona. Este Jurado corrupto lo ha hecho. Ese es un tema que hay que investigar: hay corrupción en el JNE”, fueron las declaraciones de Muñoz que recibieron una respuesta de la entidad.
“El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la institución que representa, rechaza y deplora las declaraciones vertidas esta tarde por el señor Jorge Muñoz Wells que sin ninguna sustentación de sus temerarias afirmaciones enloda ligeramente a una institución y a todos los que la integran por una decisión perfectamente ajustada a la legalidad”, señala el comunicado publicado en redes sociales.
El texto recuerda la conformación del pleno del JNE, el mismo que cuenta con representantes de cinco instituciones que son la Sala plena de la Corte Suprema de Justicia de la república, Junta de fiscales supremos, Colegio de abogados de Lima, decano de las facultades de derecho de las universidades públicas y decano de las facultades de derecho de las universidades privadas. “En el caso recalcado en el pedido de vacancia del señor Muñoz Wells la decisión ha sido unánime”, resalta el texto.
Sobre el proceso llevado a cabo, el JNE recordó que este fue impulsado por un ciudadano que “sustentó la infracción de una disposición contenida en la Ley de elecciones municipales y prevista como causal de vacancia en la Ley orgánica de municipalidades”. Además, señaló que se aplicó lo señalado en la Constitución Política y la norma electoral vigente. “En ningún momento se afirma que el señor sea corrupto o criminal, ese es un añadido que hace el señor Muñoz Wells sin que tenga relación con la causa revisada que aplica normativa referida a las vacancias de autoridades municipales”, agregan.
CASOS DISTINTOS
El comunicado también menciona las comparaciones hechas con el caso de la vicepresidenta Dina Boluarte y aseguró que buscar una relación entre ambos “es absolutamente falaz, pues incluso a la señora Boluarte se le declaró improcedente su candidatura al Congreso de la república al no cumplir con los requisitos estipulados, no siendo así en el caso de su postulación a la vicepresidencia”.
Para el abogado especialista en temas electorales, Roy Mendoza, no existe similitud alguna entre el caso que enfrentó el exalcalde de Lima y la vicepresidente Dina Boluarte “porque lo de Muñoz es una vacancia establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades”. En conversación con el diario La República, resaltó que “el artículo 22 de dicha norma establece diez causales de vacancia y ese es el asidero legal para la vacancia de Muñoz. En el caso de Dina Boluarte, ella no tiene ningún proceso abierto en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que requiera pronunciamiento”.
“Nos reafirmamos en la decisión tomada, por ajustarse a ley, la misma que es absolutamente clara en lo jurídico. Existen normas que pueden ser interpretables, esta es absolutamente clara. Un servidor con años de experiencia en la gestión pública y con la misma responsabilidad de naturaleza edil, debe conocer plenamente lo que la normativa que rige su función dice y exige”, se lee en las últimas líneas del comunicado.
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