El caso de intervención por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima, a un vehículo que trasladaba el cadáver de una persona fallecida dentro de un ataúd, ha causado mucha extrañeza y asombro por la manera en cómo ha sido manejada la situación por parte de los servidores de esta institución.
Cabe mencionar que la propia entidad de la Municipalidad de Lima, confirmó este insólito hecho a través de un comunicado que presentó en el noticiero ATV+. El SAT indicó que la intervención al vehículo ocurrió el pasado 20 de abril en el cruce del jirón Washington y la avenida Bolivia durante un operativo de cobranza coactiva.
“El SAT lamenta profundamente las circunstancias en que personal de la Gerencia de Ejecución Coactiva de la institución haya intervenido y trasladado hasta el depósito vehicular a la unidad de placa F7R-838, que trasladaba un féretro de una persona fallecida, por lo que se solidariza y ofrece las disculpas del caso a sus familiares”, manifestó la entidad.
“El hecho ocurrió el miércoles 20 de abril, cerca de las 2:30 p.m., cuando personal de la Gerencia de Ejecución Coactiva del SAT, con apoyo de un efectivo de la Policía Nacional, internó en el depósito la unidad de placa F7R-838 por mantener una deuda en estado coactivo, pese a haberse solicitado su cancelación mediante notificaciones”, agregó.
“Dicha deuda fue producto de una infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, cometida el año pasado, al estacionar el vehículo en zona prohibida o rígida señalizada o sin las señales de seguridad reglamentarias en caso de emergencia (falta G-40)”, señaló el SAT de Lima.
A través de este comunicado, la entidad edil, señaló que minutos después el SAT aseguró que la unidad fue liberada de ser internada en el depósito ubicado en la Av. Argentina tras las “gestiones correspondientes”.
“El SAT informa que se encuentra realizando una exhaustiva investigación, a fin de determinar las responsabilidades por parte de personal que estuvo a cargo de este operativo. Asimismo, informa que se aplicarán todas las medidas correctivas a fin de evitar que un hecho similar se vuelva a repetir”, indicó.
MULTAS DEL SAT
Según el Reglamento Nacional de Tránsito, la multa G40 corresponde a una infracción calificada como grave, y consiste en “estacionar el vehículo en zonas prohibidas o rígidas señalizadas o sin las señales de seguridad reglamentarias en caso de emergencia.”
¿Cuál es la sanción que corresponde a una infracción G40?
Esta multa corresponde al vehículo, y tiene un valor de S/368. Además, el conductor acumulará 25 puntos y la remoción del vehículo.
¿Cómo identificar los sitios prohibidos para estacionar?
Podrás identificarlos porque están demarcados con color amarillo y una señal vertical.
¿Puedo acceder a descuentos por esta multa?
Sí, al cometer una infracción G40 puedes acceder a los descuentos que permite la ley, así que te recomendamos que pagues tu multa lo antes posible.
Recuerda que si un vehículo tiene multas asociadas a la placa, no se puede realizar la transferencia vehicular.
¿Cuáles son las zonas prohibidas para estacionar?
Según el artículo 38, está prohibido estacionar en:
Aceras
Pasajes
Áreas verdes
Pasos peatonales
Demás lugares donde se indique la prohibición
(Con información de Autofact)
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