En conferencia de prensa luego del Consejo de Ministros, se anunció la aprobación de la propuesta de castración química por parte del Ejecutivo. Se enviará un proyecto de legislación para que sea debatido y aprobado por el Congreso de la República. Sobre ello, el ministro de Justicia, Félix Chero, aclaró que esta es una “pena accesoria” para delitos de violación de la libertad sexual.
Con ello, el ministro detalló que no será contemplada para delitos, como los detallados en los artículos sobre violación de la libertad sexual a menores de edad, y el 173-A del Código Penal. Esto quiere decir que se aplicaría a personas no condenadas a una cadena perpetua.
“Hemos tomado la decisión que este proyecto lleve consigo establecer una pena accesoria para aquellos delitos de violación de la libertad sexual que estén conminados con una pena determinada, no así para aquellos que están con cadena perpetua (...) porque la cadena perpetua implica una pena indeterminada y esto genera que aquel condenado no puede dejar el establecimiento penitenciario, salvo la revisión de la condena después de 35 años”, dijo en una entrevista con RPP Noticias.
Según Chero, la justificación para disponer que esta medida sea aplicada en los delitos de esta tipología de ‘violación de la libertad sexual’ porque el Gobierno considera que las personas con penas determinadas podrían dejar el establecimiento penitenciario y existe la posibilidad de que vuelvan a delinquir. Asimismo, explicó que se aplicará una vez se haya cumplido la pena inicial.
“Esta pena accesoria se aplicará una vez que se cumpla la pena principal. Es decir, si un condenado por violación de la libertad sexual es condenado a 15 años, cumplidos sus 15 años se le aplica la pena accesoria de castración química”, precisó.
El titular de la cartera de Justicia precisó que la presentación del proyecto de castración química se basó en antecedentes de países de Europa, Estados Unidos y latinoamericanos, como Colombia y Argentina, donde se habría establecido que esta pena accesoria es funcional.
Por otro lado, señaló que el Gobierno también ha planteado modificar el artículo 368 del Código Penal, para establecer que todo aquel que no se someta a esta medida “automáticamente” estará cometiendo el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad.
“Esta medida punitiva va acompañada preventivamente de otras medidas, como la educación sexual, el tratamiento de salud mental, el registro nacional de agresores sexuales, entre otras, que consideramos pertinentes para abordar el tema preventivo”, señaló.
Cabe recalcar que el anuncio de aprobación de la medida por parte del Consejo de Ministros no significa que ya se vaya a aplicar o que sea retroactiva para los reos que actualmente ya cursan una condena por este delito.
Sobre ello, Félix Chero acotó que se ha dispuesto que una comisión que reglamente la castración química, en caso el Congreso la apruebe. Esta comitiva evaluará si la medida deberá aplicarse a aquellos que ya están condenados y purgan pena privativa de la libertad.
“Está sujeta a evaluación si es pertinente como parte de un tratamiento médico como pena accesoria, no olvidemos que el 178-A del Código Penal establecer que todos aquellos condenados por delitos de libertad sexual son sometidos a un tratamiento terapéutico. Entonces, vamos a evaluar la pertinencia de qué tratamiento corresponde a este tipo de condenados”, aseguró.
Este jueves 21 de abril se debería estar entregando el proyecto de ley de la castración química al Congreso de la República, para que este luego sea remitido a la Comisión de Justicia o a la Comisión de Constitución para otorgarle un marco constitucional.
El ministro señaló que espera que el Legislativo disponga la aprobación de la norma, “obviamente luego de un debate alturado y técnico”.
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