Desde el inicio de la pandemia, anunciado de manera oficial en marzo del 2020 en nuestro país, una de las primeras medidas que tomaron las autoridades peruanas fue el uso de la mascarilla para poder realizar actividades en espacios cerrados y abiertos, con la finalidad de que este sea un recurso que no permita transmisiones del coronavirus. Paulatinamente se hizo un pedido para que se emplee dos (una quirúrgica de tres pliegues debajo y sobre ella una mascarilla comunitaria) o una KN95.
Es así como el Perú planteó una serie de estrategias por el bienestar de la población. Tras dos años y meses de que se hizo el mencionado anuncio, este 20 de abril el Consejo de Ministros aprobó que el uso de las mascarillas será facultativo en lugares donde la tercera dosis de la vacuna contra el COVID-19 alcance o supere el 80%.
El director ejecutivo de Vigilancia en Salud Pública (CDC), César Munayco, adelantó que el Minsa emitiría esta semana una propuesta sobre el retiro de este recurso en lugares abiertos, lo que estaría ligado al nivel de la cobertura de la vacunación.
POSTURAS SOBRE EL USO FACULTATIVO DE MASCARILLA
- El ministro de Salud, Jorge López, detalló que la medida podrá aplicarse en Lima Metropolitana y Callao, Lima provincia, Ica y Áncash.
- El Colegio Médico del Perú (CMP) presentó una propuesta, definiendo que, si se piensa retirar el uso de la mascarilla en espacios abiertos, se debería empezar con un plan piloto y en forma gradual en las regiones que registren al menos el 80 % de la población vacunada con dos dosis.
- El premier Torres también informó que también se acordó el regreso de todos los servidores públicos al trabajo presencial en aquellos lugares donde se han vacunado más del 80 por ciento de la población
¿Qué departamentos cumplen con los requisitos? Raúl Urquizo, decano del CMP, resaltó que en la lista se encuentra Lima Metropolitana, Lima provincias, Áncash, Callao e Ica. Por otro lado, regiones como Puno, Madre de Dios y Ucayali, no llegan al 65 % de inmunizados.
RESTRICCIONES PARA FRENAR LA PANDEMIA
Según lo establecido en el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, desde el 1 de abril de 2022 todos los peruanos y residentes en el territorio debes cumplir con lo siguiente (actualizado el día 17 de este mes en la plataforma oficial del gobierno):
- Respetar el distanciamiento físico, no menor de 1 metro, entre personas.
- Priorizar actividades dentro de tu mismo núcleo familiar.
- Lavarte frecuentemente de manos.
- Evitar aglomeraciones.
- Además, las entidades públicas y privadas deberán:
- Tener sus locales debidamente ventilados, con puertas y ventanas abiertas, cuando sea posible.
- Priorizar del trabajo remoto y el horario escalonado para el ingreso y salida del personal.
- Si eres mayor de 18 años y necesitas ingresar a un local donde se aglomeran personas (centros comerciales, galerías, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, etc.), debes presentar tu carnet físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú o el extranjero, las 3 dosis de la vacuna contra la COVID-19.
- Si trabajas de manera presencial, debes acreditar que tienes las 3 dosis de la vacuna contra la COVID-19.
- Si no tienes el esquema completo de vacunación, debes prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto, siempre que la naturaleza de tu actividad lo permita.
- Están suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas y que pongan en riesgo la salud pública.
- Si eres mayor de 12 años y deseas ir a playas, ríos, lagos, lagunas, piscinas, coliseos y estadios deportivos, debes presentar tu carnet físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú o el extranjero, tu esquema de vacunación contra la COVID-19, y la dosis de refuerzo para mayores de 18.
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