La Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) declaró improcedente el pedido de indulto para Antauro Humala Tasso por no cumplir con los supuestos y condiciones para este beneficio. Mediante un comunicado, se detalló que no cumplía con los supuestos de la norma, señalada en el Decreto Supremo N° 004-2020- JUS.
Asimismo, se tomó en cuenta que Humala Tasso fue condenado por secuestro, delito que tiene prohibición legal, mediante una norma que establece la improcedencia del indulto y conmutación de la pena para los condenados por el referido delito.
“El expediente no cumplía con los supuestos ni las condiciones de un indulto común, por lo cual la Comisión de Gracias Presidenciales declaró su archivo por improcedencia”, refirió.
La Comisión de Gracias Presidenciales evaluó el expediente de indulto común en sesión ordinaria del 7 de febrero de este año. El expediente referido a dicho pedido fue recibido por la secretaría técnica de la comisión el pasado 26 de agosto de 2021.
Antauro Humala fue sentenciado en 2009 a 25 años de reclusión por homicidio, secuestro y rebelión por el llamado “Andahuaylazo”. En 2011, su pena se redujo a 19 años, tras una revisión del caso por parte de la Corte Suprema.
FUJIMORI Y HUMALA
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero descartó hace unas semanas que en su gestión se vaya a “forzar” una liberación de Antauro Humala, mediante una redención de pena, y si bien señaló que es derecho de su defensa solicitar este beneficio, la evaluación se tendrá que hacer de acuerdo al principio de legalidad y los requerimientos respectivos.
En relación el indulto al expresidente Alberto Fujimori, señaló que están a la espera de que el Tribunal Constitucional publique el fallo que dio luz verde a su excarcelación, y a partir de ahí corresponde el procurador supranacional determinar las acciones a seguir, en la búsqueda de que la resolución sea evaluada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
GRACIAS PRESIDENCIALES
Tras un exhaustivo proceso de revisión de expedientes, el Gobierno publicó el pasado jueves seis resoluciones supremas que conceden la gracia presidencial de conmutación de la pena e indulto común a 20 personas privadas de la libertad.
Las resoluciones llevan la firma del Presidente de la República, Pedro Castillo, en el marco del ejercicio de su atribución presidencial. También fueron suscritas por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero Medina.
En este caso, las gracias presidenciales se conceden en el contexto de la Semana Santa, en línea con la política gubernamental en materia penitenciaria y en cumplimiento del anuncio realizado por el Gobierno.
Previamente a la medida, la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos revisó más de 450 expedientes, y luego la Comisión de Gracias Presidenciales elevó su recomendación al Jefe del Estado.
Del grupo de 20 personas privadas de la libertad que reciben el beneficio, 16 son hombres y cuatro mujeres, quienes cumplen sus penas en los establecimientos penitenciarios Mujeres de Chorrillos, Jauja, Ancón II, Lurigancho, Huacho, Chiclayo, Chincha, Huancayo y Trujillo varones.
Asimismo, 13 casos corresponden a conmutación de la pena y siete a indulto común, los cuales cumplen con los supuestos y condiciones que establece el Decreto Supremo 004-2020-JUS: madres con niños en establecimiento penitenciario y mayores de 60 años, e internos e internas con penas privativas de la libertad no mayores a cuatro años.
Las internas e internos que reciben las gracias presidenciales, además, son reos primarios y no registran condenas por otros delitos ni medidas de detención o requisitorias a nivel nacional; y el delito por el cual fueron sentenciados no tiene prohibición legal expresa, según información remitida por el Poder Judicial y el Instituto Nacional Penitenciario.
El ministro Félix Chero sostuvo que las 20 gracias presidenciales concedidas son parte de la primera etapa de un proceso que continuará en los próximos meses, enfocado en aquellas internas e internos que merezcan una gracia presidencial por razones humanitarias, de avanzada edad y por su situación de vulnerabilidad; además de su participación en el tratamiento penitenciario, su conducta durante la reclusión y el grado de resocialización.
Aseguró, además, que no todos los delitos aplican a la propuesta de gracias presidenciales, como los casos de violación sexual a menores de edad, sicariato, terrorismo, tráfico ilícito de drogas en sus tipos agravados, extorsión, secuestros, entre otros de gran lesividad.
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